Blogia
CAUSA ABIERTA

JUSTICIA

Al joven lo arrojaron patovicas desde las canteras del Parque Rodó: Lea sentencia de implicados

Al joven lo arrojaron patovicas desde las canteras del Parque Rodó: Lea sentencia de implicados

VISTOS Y RESULTANDO:
De las presentes actuaciones presumariales, surge que: El 24 de abril de 2016, en horas de la madrugada, en las canteras del Parque Rodó, donde se
realizaba un evento bailable, el indagado A. A. L. B., de 40 años de edad, encargado de las tareas de seguridad, ubicó dentro de la zona de exclusión asignada, a dos jóvenes: G. T. C. de 18 años de edad y su amigo L. B. C., de 19 años, a los que conminó en más de una oportunidad a retirarse del
lugar.

Ante la omisión de los referidos, se produjo una discusión, momento en el cual el indagado L., empujó fuertemente (o golpeó) a T. a la altura del pecho, quien se precipita desde una importante altura, lo que le ocasiona politraumatismos graves con peligro de vida y tiempo de inhabilitación
por un periodo superior a 20 días (certificado medico forense).

Es de destacarse, que si bien los jóvenes estaban en el fin de la zona de exclusión, se encontraban muy alejados del ingreso al local bailable propiamente dicho y previo a la discusión explicaron que solo estaban esperando unos amigos. El indagado, cuando intercepta a los jóvenes, iba
acompañando de su dependiente laboralmente, la empleada e indagada L. L. C. S., de 19 años de edad, la que presenció la agresión al joven y su posterior caída al vacío.

La tarea de C., es la custodia de los baños de damas del local, o sea, su trabajo se desarrolla en otro lugar, muy distante a donde acompañaba a L.. Por su parte, la tarea de L. es supervisar a sus dependientes, que cumplan las funciones correspondientes, en sus distintos puestos de vigilancia.
Donde se encontraban los jóvenes, no había ningún vigilante, pero si hubieran avanzado hasta el local (carpa), los hubiera interceptado, el guardia y co indagado F. D. B. V.. L. confesó que caminaba por el lugar donde estaban los jóvenes junto a C., porque mantenía un vínculo extra laboral con ella, es decir, no estaba vigilando a sus dependientes, que estaban situados
en otros puntos. Tampoco- obviamente- estaba en ese momento trabajando...

Luego del lamentable episodio, L. y C. se retiran, ignorando totalmente la suerte que podría haber corrido el precipitado y se dirigen al local bailable. A su subalterno B., le dice textualmente:"Le pegué una trompada a uno, se puede armar cagada". C., se dirige a su puesto de trabajo en los
baños y le manifiesta al co indagado E. G. B. V.,- también empleado de L.- que vio a L. pegarle una piña a un muchacho y que éste se había caído. El propio L., le dijo a B.:"tiré a uno al agua". B. y B., sin pedir autorizacion a L., se dirigieron a la zona del hecho, donde se encontraba, sumamente
angustiado, el joven B., que no encontraba a su amigo, al cual vio caer por la agresión de L., pero por la oscuridad aun reinante, no alcanzaba a verlo. Mediante el uso de linternas, B. iluminó hacia abajo y ve al joven caído, al que creyó muerto. No le dijo nada a B. ("me hice el boludo", declara
-en actitud que la sede deplora- y le dice a B., de irse del lugar. B. no ve al accidentado, pero se entera por B. que se encuentra caído y que nada le informaron a su amigo B..

Llegados al local (carpa bailable) B. le confirma a L., que el muchacho está tirado abajo de la cantera y éste le contesta:"Vos no saliste de tu lugar, no te moviste en toda la noche", delante del resto de los co indagados.
B. le dice: "Creo que está muerto", a lo que L. le contesta::"Quedate en tu lugar, hacete el boludo y que no entre nadie al baile". Tanto B. como B., vuelven su lugar de trabajo y nada comunican a la policía ni a asistencia médica, pese a que en el local hay teléfono. L. sube a la parte superior, donde trabaja B. y nuevamente amenazándolo, le dice: "vos de acá no te moviste en toda la noche, no viste nada y recordá siempre que tenés familia". A los pocos minutos, llega la policía de Investigaciones, quienes fueron llamados por B. y que encontraron al joven caído, ocupándose de su
inmediato traslado para asistencia y haciendo las averiguaciones del caso.

Frente a la policía, B. en el local bailable, reconoció a L. como el autor del empujón a T., que provocó la caída al vacío.

Tales hechos surgen de las declaraciones de B., de los indagados, certificado médico forense, carpeta de policía científica, solicitud de procesamiento por el Ministerio Público y demás circunstancias corroborantes del memorando policial adjunto, surgiendo de los mismos suficientes elementos de convicción, para imputar "prima facie" a L., los delitos tipificados en los arts. 56, 317, 332 y 290 y a B., C. y B., el art. 332 del CP.

Respecto de L., principalmente, infringió en forma grosera el deber de solidaridad y asistencia recíproca humana (art.332).

En efecto. Sobre el delito de Omisión de Asistencia, el Profesor Dr. Milton Cairoli enseña que “el fundamento de su sanción radica en que se trata de una violación a los deberes de asistencia recíprocas que se deben las personas que viven en sociedad. No se trata de un deber particular de
ciertas personas para con otras, sino de un deber general de solidaridad social”. (VF Curso de
Derecho Penal , T III, pág 114).
“El bien jurídico tutelado es pues la integridad personal e incluso eventualmente la vida, porque la falta de asistencia puede originar cualquiera de esos daños. Se trata, como se advierte sin esfuerzos, de un delito de peligro”.

La calificación jurídica del accionar delictivo de omisión de asistencia incluye prestar la asistencia al accidentado y dar cuenta a la autoridad: El art. 322 inciso 2o. del Código Penal establece que: "...la misma pena se aplicará al que por negligencia dejare de prestar asistencia, dando cuenta a la
autoridad de un hombre desvanecido o herido, sepultado o en situación en que corra peligro su vida o su integridad física".

Como sostiene también el Profesor Dr. Miguel Langón se trata de "...un delito de omisión propia, que se funda en ese deber de recíproca asistencia entre los habitantes, cuya norma de mandato obliga a las personas, bajo amenaza de un castigo penal, a cumplir el doble deber de asistir y simultáneamente dar cuenta a la autoridad de lo ocurrido" (cf. Langón, "Código Penal y Leyes
penales complementarias de la R.O.U.", T. II, p. 288).

En el caso que nos ocupa, el indagado L., que agredió de un golpe o empujón en el pecho a la víctima - y a consecuencia del mismo se precipitó al vacío- tuvo plena conciencia de la gravedad de lo sucedido y optó por la actitud no solo de retirarse del lugar, desoyendo el deber de asistencia
recíproca de solidaridad social que se hallaba obligado, despreocupándose de asistir a la persona herida y por si esto fuera poco, amenazó a B. hasta con la familia, si no guardaba silencio del lamentable episodio, con el único fin de burlar la acción de la justicia y de ocultar el acaecimiento de los hechos, procurando de esa forma eludir su probada responsabilidad.

En suma, el delito de omisión de asistencia, como en general los delitos de peligro, se consuma cuando el agente no asume la conducta ordenada -en el caso prestar asistencia y dar cuenta a la autoridad- su grave transgresión del deber de solidaridad y asistencia que conforma la ratio legis de la norma en examen.

Dicho delito, (Omisión de asistencia), también se imputará, por lo ya expresado, a los co indagados C., B. y B., aunque, a juicio de la justicia, su responsabilidad es sensiblemente menor a la de L., ya que son sub alternos y uno de ellos (B.) fue severamente amenazado en su familia. Pero ante el
valor vida, que sabían estaba en juego, debieron optar por defender éste, venciendo su temor.

En cuando tal delito de lesiones graves, se comparte con la Fiscalía, -por ahora y sin perjuicio de ulterioridades- la ultraintención, en virtud de que “El resultado que excede la intención del agente -el acaecido más grave que el previsto y querido- tiene que estar fuera del radio de previsión y de la voluntad del agente para que se configure la ultraintención. “Se trata de un elemento enteramente negativo, no se tiene que haber previsto ni querido el resultado más grave (Shurman Pacheco, "El delito de ultra o preterintención", pág. 142).

Y en esta primera etapa de la instruccion; que recién comienza el sumario, creemos que es la tipificación acorde a como sucedieron los hechos.
El procesamiento de L., por todo lo expuesto y la reiteración delictual, de dispondrá con prisión, en tanto, la del co indagados C., B. y B., dependientes y que ninguna participación les cupo en el delito mayor, se les procesará sin prisión.

Por lo expuesto y lo dispuesto en los arts. 15 y 16 de la Constitución, 125 y cc. del CPP, 60 y 316 del C. Penal.
RESUELVO:
1) Decrétase el procesamiento y prisión de A. A. L. B., imputado de un delito de LESIONES GRAVES ULTRAINTENCIONALES EN CONCURRENCIA FUERA DE LA REITERACION CON UN DELITO DE OMISION DE ASISTENCIA Y AMENAZAS.
2) Decrétase el procesamiento sin prisión de L. L. C. S., E. G. B. V. y F. D. B. V., imputados de un delito de OMISION DE ASISTENCIA. A C. se le impone la obligación de concurrir a prestar tareas en la OSLA, dos días por semana durante 90 días.
3) Téngase por incorporadas al sumario las actuaciones presumariales, con noticia.
4) Solicítese al ITF planilla de antecedentes .
5) Téngase por designados Defensores a los propuestos.
6) Cítese a declarar a la víctima cuando su estado de salud lo permita.
7) Notifíquese dentro de las 48 hs.
Dra. Fanny Canessa
Jueza Lda. Penal 6º Turno


Esposa de capo de Los Cuinis también a prisión en Uruguay

Esposa de capo de Los Cuinis también a prisión en Uruguay

La compra de un chalet en Punta del Este por US$ 2 millones, varios autos de alta gama valuados en más de US$ 100 mil y tres solares adquiridos en Punta Ballena por US$ 550 mil, dio origen —hace más de un año— a una investigación por lavado de activos que entre el jueves y el viernes derivó en la detención de 11 personas y el procesamiento con prisión de seis, en el marco de un operativo que la Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Droga bautizó "Operación Jalisco".

Uno de los detenidos es un ciudadano mexicano, hermano del líder del cartel Los Cuinis, Abigael González Valencia, capturado en su país a fines de febrero. Los Cuinis es una organización criminal dedicada al tráfico de cocaína y anfetaminas, están vinculados al cartel Jalisco Nueva Generación.

El hombre detenido en Montevideo estaba al frente de varias inversiones inmobiliarias en Punta del Este que eran canalizadas a través de tres sociedades anónimas off shore panameñas, según los datos del denominado Panamá Pepers, que en Uruguay reveló el pasado jueves 14 el semanario Búsqueda.

Este domingo la jueza dictaminó el procesamiento con prisión de la esposa del mexicano vinculado a Los Cuinis como "autora responsable de la comisión de delito de asistencia al lavado de activos", confirmó a El Observador la jueza especializada en crimen organizado, Adriana de los Santos.

La investigación derivó ayer en el procesamiento con prisión de otro ciudadano mexicano, el padre de la esposa del principal indagado, y tres uruguayos: un hombre que actuó como intermediario en diferentes negocios y un matrimonio que trabajaba en el jardín de la casa del acusado vinculado al cartel.

Los Panamá Papers y la investigación

La divulgación de los datos de los Panamá Papers obligó a los investigadores policiales a apurar el trámite de la indagatoria y por eso es que entre el jueves y el viernes, por orden de la jueza De los Santos, fueron detenidas 11 personas, informó el sábado El País.

El ciudadano mexicano hermano del líder de Los Cuinis fue detenido el viernes en Carrasco mientras se encontraba con su suegro, también mexicano, y un exfubolista uruguayo con quien tiene vinculaciones. El exdeportista había sido contactado para gestionar el arrendamiento de una vivienda en esa zona de Montevideo debido a que actualmente trabaja como agente inmobiliario pero adujo "no saber que el dinero era de procedencia sospechosa", según concluyó el dictamen de la fiscal Camiño. Por esa razón, el exfutbolista quedó en libertad al igual que un operador inmboliario de Maldonado que también había sido detenido por sus vinculaciones con los negocios de los mexicanos.

La investigación probó que las maniobras de lavado no se hacían solamente mediante sociedades anónimas, sino que también los mexicanos "usaban a personas de su conocimiento - generalmente a través de trabajos que les realizaban- para poner a su nombre los vehículos", concluyó la fiscal. Un matrimonio que se desempeñaba como caseros fue imputado con prisión por asistencia al lavado. La indagatoria seguirá su curso respecto a las personas que fueron indagadas y de momento quedaron en libertad.
Foto de uno de los equipos de choque de Los Cuinis

Encarcelan a un abuelo que violó a su nieta en Rivera

Encarcelan a un abuelo que violó a su nieta en Rivera

Pocas horas después de que la Justicia riverense procesara a un hombre de 37 años por “atentado violento al pudor” en perjuicio de su hija, el juez subrogante Agustín González envió a prisión a un hombre de 60 años por violar a su nieta de 13.

El magistrado le tipificó los delitos de “atentado violento al pudor, en reiteración real” además de “violación”.

La información aportada por la policía, respaldada por informes psicológicos, indicaban que el hombre había abusado sexualmente de su nieta en el mes de enero, cuando la niña fue a su casa a pedirle un pendrive con música.

En menos de un año la justicia dispuso, en Rivera, el procesamiento de diez personas por atentado violento al pudor, y la reclusión de otras dos por “violación”.

El pasado martes, merced a una información aportada por efectivos de la patrulla civil de seccional 10ª, integrantes de la división Trata y Tráfico de Personas, detuvieron y pusieron a disposición de la justicia, a D. F. da S., acusado de abusar sexualmente de su hija de 6 años.

Esta persona poseía la guardia provisoria de la menor. Al cabo de la instancia judicial, fue procesado por “atentado violento al pudor y omisión a los deberes inherentes a la patria potestad”.

A prisión en Uruguay líder de narcotráfico mexicano por lavado de dinero

A prisión en Uruguay líder de narcotráfico mexicano por lavado de dinero

La jueza de Crimen Organizado, Adriana de los Santos logró desbaratar una organización del narcotráfico mexicano que estaba operando en Montevideo. Tras indagar a 11 detenidos, De los Santos procesó con prisión al hermano del líder del cartel de Los Cuinis y otras cuatro personas, por el delito de lavado de activos.

El hombre, de iniciales GGV, declaró este viernes ante el juzgado de Crimen Organizado por presunto lavado de activos, mediante la compra de inmuebles en Punta del Este a través de sociedades compradas al estudio Mossack Fonseca.

El cartel de los Cuinis tiene la particularidad de operar exclusivamente en Europa y Asia, por lo que se mantuvo al margen de las disputas en territorio mexicano por el mercado estadounidense.

Además de GGV fueron procesados, por asistencia al lavado, un mexicano y tres uruguayos.
Montevideo Portal

Un exfutbolista celeste y un operador inmobiliario detenidos por lavado de cartel mexicano en Uruguay

Un exfutbolista celeste y un operador inmobiliario detenidos por lavado de cartel mexicano en Uruguay

La jueza especializada en crimen organizado Adriana de los Santos y la fiscal María de los Ángeles Camiño están indagando este sábado a 11 personas que fueron detenidas en las últimas horas en el marco de una investigación por lavado de dinero proveniente de un cartel mexicano a través de la compra de inmuebles en Punta del Este.

Los indagados fueron detenidos ayer viernes. Se trata de un ciudadano mexicano y 10 uruguayos. Las operaciones inmobiliarias indagadas estarían vinculadas al poderoso cartel mexicano Los Cuinis, una organización criminal que se dedica al tráfico de cocaína y anfetaminas.

Entre los uruguayos detenidos por este caso se encuentra un conocido exfutbolista que jugó en la selección uruguaya en los años 90 y un operador inmobiliario de Maldonado que, a su vez, ya ha sido indagado por su presunta vinculación en otras maniobras de lavado.

El ciudadano mexicano había abandonado en los últimos días su residencia en Punta del Este y se estableció en Montevideo, cosa que aceleró la investigación ante el riesgo de que viajara al exterior.

Justicia por mano propia en Salinas: pareja a prisión por acuchillar a presunto violador

Justicia por mano propia en Salinas: pareja a prisión por acuchillar a presunto violador

Ocurrió el 17 de abril en Salinas. Una mujer, de iniciales E.R. y enfermera de profesión, fue a la casa de su ex pareja, M.E. y mediante narcóticos lo durmió.

Luego llamó a su actual pareja, P.P. y juntos atacaron al hombre en su casa propinándole varios cortes con dos cuchillas.

La pareja acusó al hombre de haber violado a la hija de ella, de dos años y medio.

La jueza Gabriela Tuberosa procesó a la pareja por un delito de “justicia por propia mano en concurrencia fuera de la reiteración, con un delito de lesiones graves intencionales, agravadas por el uso de arma blanca y premeditación”, según consta en el auto de procesamiento publicado este viernes en la página del Poder Judicial.

“La Sra. E.R., de oficio enfermera, narcotizó a su ex pareja M.E. y luego envió un mensaje de texto a P.P. para ingresara a la finca de Salinas”, dice el informe judicial.

“M.E. estaba dormido en su dormitorio y allí fue recriminado por P.P. en relación a la presunta violación de la niña. Forcejearon y P.P. propinó una cuchillada a M.E., desatándose una lucha que continuó en el comedor”, agrega el fallo de la magistrada.

“Él me preguntaba quién era, qué hacía y yo quería que me dijera por qué había tocado a la niña. El fin era lastimarlo”, declaró P.P en el juzgado.

“Las cuchillas utilizadas para efectuar las lesiones a la víctima (una de mango naranja y otra de mango blanco), que fueron documentadas por Policía Científica, son de propiedad de la indagada E.R., habiendo sido llevadas al lugar y colocadas por P.P. debajo del asiento del acompañante del automóvil de E.R., donde fueron encontradas”, indica el fallo judicial.

“La Sra. E.R. negó haber planificado el ilícito y en cambio manifestó que fue P.P. quien lo hizo, forzándola a lastimar a M.E., circunstancia que resulta poco probable para la magistrada actuante, atendiendo al móvil del delito y la intervención de todos los elementos de propiedad de las Sra. E.R. (automóvil, cuchillas y haber pagado ésta con su dinero el peaje de la ruta)”, dice la jueza .

La magistrada ordenó abrir una investigación paralela “a fin de investigar el presunto abuso sexual padecido por la niña V. de dos años y medio de edad y la eventual participación del Sr. M.E.".

También dispuso que “deberá practicarse a la niña y con carácter urgente, examen por equipo multidisciplinario del Poder Judicial, atento a la suma gravedad de los hechos puestos a conocimiento de esta Sede”.

Policía de Soriano capturó al hombre que asesinó a su hijo

Policía de Soriano capturó al hombre que asesinó a su hijo

La Policía de Soriano detuvo al hombre de 36 años sospechoso de asesinar a su hijo de 9, el pasado lunes en Mercedes, Soriano.

El hombre apodado "El Chupa" fue reconocido por un guardia de seguridad y luego la policía lo detuvo mientras caminaba por la calle.

La ex pareja de este individuo lo había denunciado y la Justicia había dispuesto medidas cautelares que le impedían acercarse a ella. No obstante, tenía permitido ver a su hijo.

En las próximas horas será derivado al Juzgado de primer Turno de Mercedes para declarar ante el juez.

La historia de una maldita mujer uruguaya

La historia de una maldita mujer uruguaya

Según informó Jefatura de Policía de Canelones, una mujer venía manteniendo una mala relación con su esposo, un hombre de 42 años y decidió fingir un copamiento con un cómplice.

La investigación comenzó cuando la Policía detuvo a un hombre que circulaba sospechosamente en un auto en la intersección de las rutas Interbalnearia y 87: era el amigo de la mujer. Cuando el hombre bajó del vehículo, los agentes vieron que tenía manchas de sangre en la ropa.

En ese momento, el hombre de 45 años dijo que se había peleado en la calle con una persona y dijo a la Policía que el auto en el que iba era de su amiga: proporcionó su número de teléfono y algunos datos personales.

Seguidamente, la Policía localizó a la propietaria del auto, que manifestó que había sido víctima de un copamiento y que los agresores le habían robado varios bienes, entre ellos el auto.

Posteriormente los agentes concurrieron a su casa, ubicada en la calle Taboba casi Queguay, donde se ubicó lastimado a su esposo.

Tenía heridas de arma blanca en el cuello, en la cara, en los brazos, piernas y un golpe en el ojo.

Luego de investigar la Policía estableció que la mujer desde tiempo atrás tenia problemas con su pareja, por lo que se contactó con su amigo planeando que ingresara a su casa, agrediera al hombre y le robara el auto, dinero y joyas.

La mujer y su cómplice resultaron procesados con prisión por "un delito de justicia por mano propia en concurrencia, fuera de la reiteración con un delito de lesiones graves intencionales agravadas por el uso de arma blanca y la premeditación".

Fiscal de Corte acorralado: "Violó la independencia técnica", afirma Asociación de Fiscales

Fiscal de Corte acorralado: "Violó la independencia técnica", afirma Asociación de Fiscales

La Asociación de Fiscales del Uruguay rechazó las críticas que el fiscal de Corte, Jorge Díaz, formuló sobre la rapiña a un hombre en Ciudad Vieja luego que retirara una importante suma de dinero en una institución bancaria.

Díaz sostuvo días pasados que la fiscal María del Huerto Martínez cometió un error al considerar como un hurto y no una rapiña el atraco a un hombre el pasado 11 de marzo en la Ciudad Vieja, y le dio 60 días de plazo para que cambie su dictamen.

La fiscal sostuvo que el individuo había concertado con sus cómplices realizar un robo a un anciano y no una rapiña. También destacó, entre otros argumentos, que el acusado confesó, lo cual permitió esclarecer el hecho e individualizar a otros cómplices.

En una resolución de la Fiscalía General de la Nación, Díaz consideró que Martínez “dictaminó erróneamente” al solicitar el enjuiciamiento por un delito de hurto, cuando de las actuaciones “emergen con claridad meridiana” que se trató de una rapiña, según el artículo 344 del Código Penal.

Pero la Asociación lanzó un comunicado este viernes reafirmando “la plena vigencia” del artículo 2 del decreto Ley 15.365, en lo referente a la independencia técnica de los Fiscales.

“Principio este el cual esta Asociación defendió, defiende y defenderá por ser de raigambre constitucional e inherente a la forma republicana de gobierno (art. 72 CN)”, agrega el comunicado.

Díaz dispuso, como el pedido de la fiscal es provisorio y puede ser modificado en cualquier etapa del proceso judicial, la “reserva de las actuaciones por un plazo de 60 días”. En la jerga judicial esto significa que la fiscal Martínez dispone de ese plazo para modificar su pedido de procesamiento, pasándolo de hurto a rapiña.

Exmilitar torturador procesado con prisión en Uruguay

Exmilitar torturador procesado con prisión en Uruguay

La jueza penal Julia Staricco resolvió el procesamiento con prisión del militar torturador Asencio Lucero, por "reiterados delitos de privación de libertad" durante la dictadura.

La denuncia había sido presentada en el año 2011 por un grupo de 28 expresas políticas (de las cuales tres ya han fallecido) que relataron torturas y abusos sexuales durante su cautiverio.

El ahora procesado reconoció su participación en la represión. En sus declaraciones, Lucero reconoció que durante la dictadura, los detenidos eran sometidos a apremios para obtener información, y un mes atrás, en una entrevista con Televisión Nacional admitió públicamente el trato que se les daba a los prisioneros políticos.

Sin embargo, trató de deslindarse de los apremios físicos diciendo que él no participaba directamente de las sesiones de torturas. "Yo presionaba psicológicamente. Se llama ablandamiento, no es tortura".

El exmilitar dijo que en el cuartel eran comunes los "plantones" de cinco a seis horas hasta el "desplome" del detenido; "submarino seco" (plantón con la cabeza cubierta por largos períodos), "submarinos húmedos" (en tachos de agua) y "picanas" en órganos sexuales de los detenidos.

Lucero sostuvo que participó "de una guerra" -haciéndose eco de la tan mentada teoría de los dos demonios- y dijo no estar arrepentido de sus acciones.

En declaraciones a El Observador, la jueza Staricco sostuvo que si bien a fines de 2014 el fiscal Carlos Negro había solicitado el procesamiento de Lucero por los delitos de "tortura" y "privación de libertad", ella entendió que la primera figura no se puede aplicar porque no existía como delito al momento de los hechos, más allá de que efectivamente las torturas tuvieron lugar. Entonces, el militar retirado fue procesado por su participación en sesiones de interrogatorio a los detenidos, explicó la jueza.

La Jueza entendió que los delitos sexuales, sobre todo violaciones, cometidos contra las presas no prescribían, argumentando que la Comisión Internacional de Derechos Humanos entiende que "la violencia sexual contra la mujer tiene consecuencias físicas, emocionales y psicológicas para ellas, que se ven agravadas en los casos de mujeres detenidas. Para terminar sosteniendo que la violación por sus efectos es una tortura".

El procesado  se encuentra actualmente internado en el Hospital Militar y se pidieron las evaluaciones correspondientes para determinar si puede cumplir la pena en la cárcel.
UyPress

Fiscalía pide 86 años de cárcel para asesinos de Facundo Cabral

Fiscalía pide 86 años de cárcel para asesinos de Facundo Cabral

El Ministerio Público (MP, Fiscalía) de Guatemala solicitó hoy penas que van de los 83 a los 86 años de prisión para los presuntos asesinos del cantautor argentino Facundo Cabral, quien murió en Guatemala el 9 de julio de 2011.

Durante una nueva jornada del juicio, que se celebra desde el pasado 28 de marzo en el Tribunal de Mayor Riesgo A, la Fiscalía pidió para el cabecilla de la banda, el costarricense Alejandro Jiménez, alias "El Palidejo", 45 años por el delito de asesinato, 30 por asesinato en grado de tentativa y 8 por asociación ilícita.

Para los cuatro guatemaltecos acusados de perpetrar el ataque, Elgin Enrique Vargas Hernández, Wilfred Allan Stokes Arnold, Juan Hernández Sánchez y Audelino García Lima, la Fiscalía pide 45 años de prisión por el delito de asesinato, 30 por asesinato en grado de tentativa, 8 por asociación ilícita y 3 por encubrimiento propio.

El cantautor argentino fue atacado a tiros el 9 de julio de 2011 cuando iba de un hotel hacia el aeropuerto internacional La Aurora, de Ciudad de Guatemala, después de un concierto.

Cabral falleció en el lugar del ataque, en el Bulevar Liberación, en el sur de la ciudad, mientras que el nicaragüense Henry Fariñas, que lo había contratado para un concierto, resultó herido.

El vehículo en el que ambos circulaban recibió al menos 25 impactos de bala.

Fariñas, un empresario de espectáculos, fue condenado a 30 años de cárcel por narcotráfico en Nicaragua en 2012, aunque dos años después los tribunales de su país le rebajaron la pena a 18.

El juicio continuará mañana en la sala presidida por la jueza Jazmín Barrios.
EFE

Justicia uruguaya ya sabía de vínculos entre Damiani y los implicados en lavado

Justicia uruguaya ya sabía de vínculos entre Damiani y los implicados en lavado

Para la Justicia uruguaya las revelaciones sobre el vínculo entre el estudio contable del presidente de Peñarol, Juan Pedro Damiani, y Eugenio Figueredo y los empresarios argentinos Hugo y Mariano Jinkis –dueños de la firma Full Play– no representan ninguna novedad, ya que se trata de información que estaba en conocimiento de la jueza especializada en crimen organizado Adriana de los Santos y la fiscal María de los Ángeles Camiño.

El domingo se dieron a conocer los resultados del llamado Panamá Papers (Documentos de Panamá) donde se establecen movimientos de empresas offshore en paraísos fiscales, como las islas Vírgenes o Panamá. La información surge del trabajo realizado por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ, por su sigla en inglés) e incluyó la colaboración de 202 medios de comunicación de todo el mundo.

Del análisis de los más de 11 millones de archivos de la firma legal panameña Mossack y Fonseca, surge que el estudio JP Damiani y Asociados asesoró al exdirigente de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) y de la FIFA, Eugenio Figueredo –implicado en la causa de corrupción internacional en ese organismo y preso en Uruguay desde diciembre por estafa y lavado de activos– en la conformación de al menos siete sociedades anónimas offshore en Panamá.

Por otra parte, según los datos del Panamá Papers, el estudio Damiani también colaboró en la creación junto a Mossack Fonseca de tres firmas llamadas Cross Trading en tres jurisdicciones fiscales diferentes, pertenecientes a los argentinos Hugo y Mariano Jinkis, piezas claves del caso de corrupción y pago de coimas en la FIFA, informó Süddeutsche Zeitung, el medio alemán que recibió los archivos filtrados. El estudio contable que dirige el presidente de Peñarol mantuvo vínculos duraderos con las compañías ubicadas en Niue (una isla del Pacífico) y en Nevada (Estados Unidos), agregó la publicación alemana.

Consultada ayer por El Observador, la jueza De los Santos –que en Uruguay envió a prisión a Figueredo y ahora investiga una causa por lavado de activos derivado de las coimas en torno a los derechos de televisación de los torneos de la Conmebol– dijo que los datos divulgados en el marco del denominado Panamá Papers ya forman parte de la indagatoria local.

"La Justicia ya estaba en conocimiento de todo lo que ha salido publicado hasta ahora vinculado a Damiani, ya sea por la declaración suya o de Figueredo o por los informes de la Secretaría Antilavado de Activos", afirmó la jueza, que señaló que "las líneas de investigación continúan abiertas".

En la declaración que brindó el pasado 24 de diciembre, día en que fue procesado por estafa y lavado de activos, Figueredo dijo que compró sociedades anónimas panameñas en el estudio Damiani. Por esa razón el presidente de Peñarol fue citado a declarar un mes más tarde, y en esa instancia indicó que si bien su estudio se ocupaba de liquidar los impuestos de las sociedades de Figueredo, no cobró por llevar a cabo esas tareas.

Por su parte, el fiscal Juan Gómez, que hasta febrero investigó la causa Conmebol en una de las sedes de crimen organizado que actualmente ocupa su colega Camiño, dijo ayer en el programa Pisando fuerte de Metrópolis FM que el vínculo entre Damiani y Figueredo "estaba presente y por algo se lo citó (al presidente de Peñarol) para aclarar o aportar a la investigación información". Gómez agregó que actualmente "el manejo de esa información es responsabilidad de la fiscal que sigue con el caso".

"Evidentemente si lo llamamos (a Damiani) en su momento era porque naturalmente alguien lo nombraba. Algún documento y eso se intentó aclarar. Al contrario de lo que ocurre muchas veces en otras realidades, en Uruguay se hacen preguntas", dijo.

"Estábamos en lo correcto. Estábamos investigando", afirmó el exfiscal especializado en crimen organizado.

A comienzos de febrero, Figueredo y Gómez firmaron un acuerdo de colaboración mediante el cual el dirigente aportó información sobre 13 propiedades valuadas en unos US$ 10 millones a cambio de recibir una pena que no supere los seis años.

Fijaron audiencias para el jueves 28

La jueza Adriana de los Santos retomará el 28 de abril la causa Conmebol. Para ese día fueron citados los empresarios argentinos Hugo y Mariano Jinkis, que no comparecerán dado que no pueden salir de su país y será su abogado asesor, Fabián Rinaldi, quien sí se presentará. También fue citado el ex CEO de Torneos y Competencias, Alejandro Burzaco, quien cumple prisión domiciliaria en Estados Unidos.

6 funcionarios de UTE procesados por alterar sistema informático y robar energía

6 funcionarios de UTE procesados por alterar sistema informático y robar energía

Seis funcionarios de UTE fueron procesados sin prisión por fraude por maniobras en el sistema informático, informa el Poder Judicial en su sitio web.

El Juez Letrado en lo Penal Especializado en Crimen Organizado de 1º Turno, Dr. Néstor Valetti, dispuso el procesamiento de una séptima persona a la que se le imputó un delito de hurto de energía.

El hecho comenzó a investigarse en diciembre de 2009, cuando el Departamento de Protección de Ventas de UTE de Montevideo detectó la existencia de irregularidades en la manipulación de los datos del sistema informático de gestión comercial.

Mediante ese sistema era posible habilitar conexiones del servicio eléctrico sin que se pagaran los cargos correspondientes.

La maniobra era cometida presumiblemente por funcionarios de UTE en beneficio de particulares y en perjuicio del ente.

Se realizó una minuciosa investigación para conocer la operativa. El sector comercial de UTE en Montevideo está dividido en 5 oficinas comerciales.

A través del sistema informático se reubicaron suministros que tenían asignado en el sistema la categoría de "baja voluntaria" y se rehabilitaron en una dirección diferente. La baja voluntaria ocurre cuando se le brinda un nuevo suministro a un edificio donde antes había una casa.

El suministro de esa casa queda en baja voluntaria y sin contador.

El funcionario con el perfil de usuario SGC modificaba la dirección del suministro de la nueva dirección y mantenía las demás características del suministro y del contrato en baja voluntaria.

En los días siguientes, el presunto cliente debía presentarse en una oficina o comunicarse con telegestiones y solicitar rehabilitar el suministro en la nueva dirección.

El agente comercial observaba que el contrato estaba en estado de "baja voluntaria" por lo que no había deuda para asumir, no se pedían garantías y se continuaba el trámite. Se emitía una orden de servicio solicitando la inspección para ver si el lugar contaba con lo solicitado por UTE.

En varios casos, el inspector que aceptó la instalación es el mismo funcionario que realizó la búsqueda y modificación de la dirección, o se hace con la complicidad de un agente comercial.

Al actualizar la información como cumplida, la cuadrilla que realizaba la instalación interior en general no necesariamente conocía las maniobras anteriores. Luego de contratado el servicio, el mismo queda en situación correcta siendo igual a los trámites realizados regularmente.

Según el auto de procesamiento, el prejuicio para UTE está en que se pueden dar las siguientes situaciones donde el cliente: no paga la deuda en el caso que la hubiera, no abona la solicitud de un nuevo servicio y honorarios del técnico y, en otros casos, el perjuicio de hurto de energía.

UN JEFE DE INSPECTORES. Se detectaron 232 casos de reubicación irregular y rehabilitación de los suministros, verificándose que en 194 casos la responsabilidad fue atribuida al funcionario D.C. quien se desempeñaba como Jefe de Inspectores y se estableció que es quien actualiza la inspección de la instalación eléctrica interna.

Este funcionario admitió su responsabilidad en los hechos pero sólo en 40 de las oportunidades y no la cantidad de veces que se le imputa. El costo total por las maniobras asciende a $1.770.000, que comprende los suministros que fueron reubicados y rehabilitados antes del 01/22/2008. El ente realizó un sumario administrativo al funcionario que concluyó con su destitución.

Se constató, además de D.C., la participación en maniobras fraudulentas de cuadrillas que estaban integradas por M.M. y L.B. y, por otro lado, J.F. y E.S.

En el auto de procesamiento se presentan algunos de los casos identificándose los datos de los clientes y los funcionarios involucrados en cada maniobra. Asimismo se constató la adulteración de medidores.

El magistrado dispuso el procesamiento sin prisión bajo caución juratoria de D.G.D.C.F. , L.D.B.B., M.M.A., B.A.D.C., R.A.G.L. y D.D.N. por la comisión de un delito continuado de fraude y el procesamiento sin prisión bajo caución juratoria de D.T.D. por la,comisión de un delito continuado de hurto de energía eléctrica, tal como lo había solicitado el representante del Ministerio Público y Fiscal.

Identificaron a la persona que difamó a Sendic en el perfil de Wikipedia

Identificaron a la persona que difamó a Sendic en el perfil de Wikipedia

La persona que modificó el perfil de Wikipedia de Raúl Sendic fue identificada por Delitos Complejos. Sendic aún no recibió el nombre pero en principio no lo denunciará. Sólo quiere que sirva como "elemento disuasorio", según informó Montevideo Portal.

En enero de este año, el vicepresidente Raúl Sendic decidió denunciar ante Crimen Organizado las injurias y difamaciones de las que había sido objeto en su perfil de Wikipedia.

En el resumen de la biografía el editor de turno había tildado de "corrupto" y "mentiroso" a Sendic, además de agregar otros epítetos como "ladrón" e "incapaz". Según supo Montevideo Portal, la misma persona que editó la nota de Sendic hizo cambios en los perfiles de Wikipedia de los integrantes del Frente Amplio Daisy Tourné, Aníbal Pereyra y Sebastián Sabini.

Ante la eventualidad de que se tratara de la misma persona que había hackeado sus cuentas de Twitter y Facebook, Sendic decidió presentar la denuncia en Crimen organizado y el caso fue derivado a Delitos Complejos.

Según informaron fuentes de la investigación a Montevideo Portal, la Justicia habilitó a Antel para que informara sobre la dirección IP desde la que se editó el perfil de Sendic.

La computadora desde la que se modificó el perfil pertenece a una empresa con más de 120 empleados. Se pudo ingresar a la máquina y chequear el horario en el que fue realizada la modificación. Como resultado de las investigaciones, cinco personas declararon en Delitos Complejos.

La persona que realizó la modificación fue identificada, aunque la investigación intenta determinar ahora si también realizó el hackeo de las cuentas en redes sociales del vicepresidente. El informe final será entregado en los próximos días, pero la investigación no puede avanzar mucho más si quien hizo la denuncia no quiere proseguirla.

Ese es el caso de Sendic. Desde el entorno del vicepresidente aseguraron a Montevideo Portal que, una vez identificado el responsable, Sendic no pretende presentar la denuncia penal ante la alta probabilidad de que el responsable sea procesado por delitos de "difamación e injurias". El jerarca sólo quiere que quede claro que se pudo identificar a quién fue, a fin de que actúe como "elemento disuasorio" en el futuro para él y para otros que usan Internet para difamar.

Por lo tanto, si el vicepresidente no cambia su parecer en estos días, el responsable de haberlo difamado en Facebook no tendrá complicaciones legales. A juzgar por la jurisprudencia, que tiende a ser más "abarcativa" con lo que se entiende por "medio de comunicación", el responsable podría haber sido procesado por "difamación e injurias".

En febrero de este año, un juez de Mercedes dispuso el procesamiento sin prisión de un dirigente sindical que difamó a un arquitecto a través de Facebook. En el 2012, un juez de Paysandú procesó a un periodista por difamación a través de la misma red social.

El año pasado, el abogado Mauricio Baubeta había explicado a Montevideo Portal que los jueces y fiscales uruguayos están considerando las publicaciones en redes sociales y portales de Internet como "elementos probatorios", lo que habla de "aggiornamento del sistema judicial uruguayo a los medios electrónicos".

El artículo 333 del Código Penal establece que comete un delito de difamación quien ante varias personas, reunidas o separadas, atribuye a una persona un hecho determinado, que si fuera cierto puede dar lugar contra ella a un procedimiento penal o disciplinario, o exponerla al odio o al desprecio público. Por su parte, el artículo siguiente menciona que comete injuria quien ofende con palabras, de cualquier manera, el honor, la rectitud o el decoro de una persona.

Amnistía Internacional: Robo en Humanidades es un retroceso en la búsqueda de verdad y justicia

Amnistía Internacional: Robo en Humanidades es un retroceso en la búsqueda de verdad y justicia

Amnistía Internacional expresó su profundo repudio por los hechos sucedidos en Facultad de Humanidades y remarcó los escasos avances del país para garantizar la justicia por las violaciones de los derechos humanos de la dictadura.

Amnistía Internacional (AI) se sumó este miércoles a las declaraciones de "profundo repudio" sobre el robo de documentos -disco duro- del laboratorio del Grupo de Investigación de Antropología Forense (GIAF) que funciona en la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación (FHCE).

En el comunicado, AI afirma que desde la recuperación de la democracia "Uruguay ha tenido mínimos avances para garantizar la justicia por las violaciones de derechos humanos cometidas durante el periodo de la dictadura cívico-militar, entre 1973 y 1985", en referencia a las evaluaciones que realizó la organización internacional de derechos humanos en su informe anual.

En este sentido, agrega que el robo de información en el GIAF y las presuntas amenazas dirigidas a sus integrantes "representan un retroceso en la búsqueda de la verdad y la justicia".  Además insta a las "autoridades competentes a llevar adelante una investigación exhaustiva e imparcial y que las personas responsables sean llevadas ante la justicia para que este hecho no quede impune y se prevenga la generación de nuevos obstáculos en la búsqueda de la verdad". También pide que "den garantías de seguridad al Grupo de Investigación en Arqueología Forense del Uruguay para que continúen realizando su trabajo".

"La búsqueda de información sobre el destino de las/os detenidos desaparecidos/as en la última dictadura forman parte del derecho de las víctimas y sus familias y, de la sociedad en su conjunto, a saber la verdad de lo ocurrido, exigir justicia y que se den garantías de no repetición. Estas acciones de carácter aparentemente intimidatorio, constituyen una nueva vulneración de estos derechos y atentan contra el Estado de derecho", expresa el comunicado.

Aún se esperan los resultados de la investigación que llevan adelante la Dirección Nacional de Información e Inteligencia y Policía Científica. El decano de la FHCE, Álvaro Rico, dijo este miércoles que la información robada tiene respaldo en papel -aunque hasta la pasada jornada no se había determinado con exactitud qué datos fueron sustraídos- y definió los hechos como "una amenaza clara" y una señal "mafiosa".

Juan Raúl Ferreira, integrante de la Institución Nacional de Derechos Humanos, dijo en declaraciones a Radio Uruguay que este acontecimiento es "doblemente grave por las cosas que están sucediendo en la región" y señaló que le sorprende "la poca repercusión que ha tenido en el sistema político".

"Me gustaría ver rostros más preocupados, es un hecho muy grave, hay alguna información que no puedo dar, pero todo fue hecho para demostrar que se podía hacer sin violentar en lo más mínimo, fue como una ostentación de la actuación de la impunidad", dijo a El Tunguelé.

Trece procesados por defraudación tributaria en Uruguay

Trece procesados por defraudación tributaria en Uruguay

La Justicia Especializada en Crimen Organizado dispuso, en 2015, el procesamiento de 13 personas por delitos de “defraudación tributaria”, según datos de la Dirección General Impositiva (DGI), a los que accedió Caras y Caretas Portal. Esta cifra implica un leve aumento en comparación con 2014, cuando las sede especializadas dispusieron el procesamiento de diez personas por estos delitos.

De acuerdo a la Ley 18.362, los Juzgados Especializados en Crimen Organizado son competentes para atender en los asuntos referidos a casos de corrupción pública, narcotráfico, tráfico de armas, lavado de activos, y otros vinculados a la actuación de grupos de crimen organizado, así como también a las denuncias por defraudación tributaria presentadas por la DGI.

En este marco, estas sedes resolvieron en 2015 seis expedientes, que derivaron en el procesamiento de trece personas por delitos de defraudación tributaria. Las maniobras ilícitas imputadas por la Justicia fueron diversas: utilización de facturas de distintas empresas por servicios que no se realizaron; utilización de facturas apócrifas; adulteración de montos de prestaciones que se realizaron; presentación de declaraciones juradas por IRPF falsas -consignándose datos inexistentes a efectos de obtener un monto por deducciones inexistentes, no solo rebajando el monto de impuesto a pagar, sino la obtención de un crédito ilícito, cobrando la gestora involucrada un porcentaje del citado crédito-.

Además, en estos expedientes, se concretó el procesamiento de varias personas por delitos de alsificación de cheque, estafa en reiteración real y defraudación. Se trató de un caso relacionado con la fabricación de productos de cerámica, en que los responsables de la empresa emitieron notas de crédito falsas a favor de terceros, reduciendo así el importe vendido, obteniendo un crédito inexistente a su favor, tras lo cual se solicitaba y obtenía certificados de crédito, informaron fuentes de la DGI a ese medio.

Por otro lado, la DGI presentó en 2015 seis denuncias penales (que involucraron a 12 personas), relacionadas con el delito de defraudación tributaria. Estas denuncias referían a diversas maniobras ilícitas que suponían un perjuicio de las arcas estatales. La DGI denunció casos de adulteración de facturas -a efectos de disminuir los montos imponibles de impuestos-; falsificación de declaraciones juradas y facturas; utilización de doble juego de boletas y/o facturas; y casos de sobrefacturación.

En todos estos casos, la DGI denunció a todos los involucrados en los actos ilícitos: los empresarios directamente beneficiados en la rebaja de la base imponible de impuestos a pagar, terceros colaboradores en la maniobra ilícita y los profesionales universitarios necesarios para la confección de documentos hábiles para consumar las distintas maniobras, señalaron las fuentes.

La lucha de la generación castigada por las AFAP´S

La lucha de la generación castigada por las AFAP´S

Nosotros, pertenecientes al gremio de trabajadores de Seguridad Social, tenemos la obligación moral de estar a la vanguardia en la defensa de nuestros derechos adquiridos como trabajadores a la hora de nuestro merecido retiro.

En este tema, como en tantos, la ignorancia nos juega en contra y hoy, miles de trabajadores entre los 51 y 59 años, estamos atrapados por dos leyes que cercenaron nuestros derechos.

Para todos nosotros, que fuimos obligados a afiliarnos a una AFAP, teniendo cerca de 40 años, rondando los 20 años de aportes efectivos, es una verdadera estafa lo que nos va a suceder, ya que a la hora de retirarnos , el sistema de reparto no nos favorece , ya que nuestros ahorros de 20 años , son insuficientes para generar una renta favorable. Es en los hechos, como si todo lo que aportamos antes de entrar en las AFAP, no hubiera existido.

Otro punto de injusticia, es que la ley es discriminatoria de género, ya que al tener en consideración que la expectativa de vida de la mujer es mayor que la del hombre, dos trabajadores con igual edad y cantidad de años de trabajo, va a recibir mayor renta el hombre que la mujer.

El tema del cálculo jubilatorio de los que estamos obligados a estar dentro del sistema de capitalización o de ahorro individual, es que cuando los primeros afiliados se vayan a jubilar en el año 2016, sólo van a tener 20 años de ahorro, lo que es insuficiente para generar una renta adecuada al nivel salarial que se tiene en este momento. Otro tema muy importante es el porcentaje de la tasa de interés técnico y la expectativa de vida, todos aspectos de la ley, que juntos nos juegan en contra de una liquidación justa a nuestro retiro.

Para muestra, sólo hace falta solicitar el simulador de lo que vamos a percibir de jubilación al cumplir los 60 años, en la AFAP o en el BPS, y allí salta la realidad. Esa realidad que muestra claramente que perderemos entre el 30 y el 35 % de nuestros ingresos. Es decir, para los sueldos más altos la AFAP va a pagar una renta entre $8.000 y $9.000 y el BPS como máximo $20.000. Eso, es muy lejano al tope jubilatorio actual, que muchos trabajadores, si siguiéramos en el régimen anterior, podríamos llegar a cobrar. El tema es como está diseñada la ley y algunos aspectos que por ser muy técnicos, exceden la intención de este boletín.

Lo concreto: existe una Comisión de las AFAP en ATSS, que se formó a los efectos de lograr que se nos reconozca el daño y se nos repare, ya que no es justo lo que nos va a suceder a partir del próximo año. En dicha comisión estamos elaborando documentos para presentar a nivel parlamentario a los efectos de solicitar una ley reparatoria para todos los afectados por la ley 16.713, ahora doblemente afectados por la ley 19.162, que no nos deja desafiliarnos. UNA LEY NOS OBLIGÓ A ENTRAR Y OTRA NOS IMPIDE SALIR. En la comisión estamos haciendo gestiones a nivel político y jurídico, tratando de llegar a otros sindicatos , para generar una movida social que alerte sobre esta gran injusticia que se va a cometer contra nuestra generación.

Por otro lado, los trabajadores de la COMAG, tan afectados como nosotros, contrataron al Dr. Hoenir Sarthou, para establecer una demanda judicial. La primera audiencia de este juicio será el día 23 de Marzo a las 12.00 horas y todos los interesados en plegarse a esta demanda lo pueden hacer, los que serán agregados al mismo juicio y tendrán otra audiencia. El abogado cobra $1.500 por entrar en la demanda y hay que anotarse en una lista para coordinar la firma del documento y el pago al abogado. Todos los interesados tienen que anotarse a través de la casilla de atsspitcnt, quienes lo harán llegar a la comisión. En el correo aclaren el tema en el asunto para que llegue a su destino. Es importante que el día de la demanda haya muchos trabajadores movilizados en la puerta del juzgado, sito en Cerrito 470 esquina Treinta y Tres. Convocaremos a la prensa y alertaremos al resto de los trabajadores sobre este perjuicio económico en nuestras jubilaciones.

Esta demanda es paralela a las acciones que como sindicato tendremos que hacer para lograr la justicia en nuestros reclamos. La afectación, el “daño colateral” es reconocido por todos los actores políticos con los que hemos dialogado, el tema es cómo solucionarlo. Mientras estemos quietos, callados, y lo peor, ignorando la inmensa mayoría, que cuando nos vayamos a jubilar perderemos mucho dinero, este tema no va a estar en la agenda de ningún gobierno ni en la preocupación de los trabajadores. Es imprescindible involucrarse, informarse, difundir este tema y luchar por la justicia de nuestros reclamos.

Hulk Hogan cobrará indemnización por 115 millones de dólares tras juicio por video sexual

Hulk Hogan cobrará indemnización por 115 millones de dólares tras juicio por video sexual

Un jurado concedió el viernes al ex luchador profesional Hulk Hogan una indemnización por 115 millones de dólares en su demanda contra Gawker Media por un video sexual.

Los jurados llegaron a una decisión por la noche, menos de seis horas después de que comenzaron a deliberar. El juicio duró dos semanas. Horas antes el viernes, en exaltados argumentaciones finales, los abogados del ex WWE y de Gawker debatieron sobre la vida privada frente al hecho de ser una celebridad, y la libertad de expresión contra el derecho a la privacidad.

Hogan, cuyo verdadero nombre es Terry Bollea, demandó a Gawker por 100 millones de dólares por difundir un video en 2012 en el que aparecía él sosteniendo relaciones sexuales con la esposa de su ex mejor amigo.

Hogan argumentó que dicha difusión violaba su privacidad. Los abogados de Hogan le dijeron al jurado que el meollo del asunto era el siguiente: "Gawker tomó un video sexual grabado en secreto y lo colocó en internet".

Dijeron que Hogan no dio su consentimiento para que se grabara el video, que Gawker no siguió los procedimientos periodísticos usuales antes de difundirlo, y que el video no era de interés periodístico.

Gawker no intentó contactar a Bollea ni a la mujer que aparece en el video, ni el sitio de internet contactó al esposo de la mujer, el DJ Bubba The Love Sponge Clem, que lo grabó. Los editores de Gawker argumentaban que el video y un texto que lo acompañaba formaban un comentario de interés periodístico sobre la vulgaridad de los videos sexuales de celebridades.
Agencias

Nacional sancionará al hincha "mono" por racista durante partido con Palmeiras

Nacional sancionará al hincha "mono" por racista durante partido con Palmeiras

El presidente de Nacional, José Luis Rodríguez, aseguró este viernes que el club está tratando de ubicar al hincha tricolor que hizo gestos racistas contra el jugador de Palmeiras, Gabriel Jesus, durante el partido de anoche en el Parque Central por Copa Libertadores.

“Nacional está buscando al hincha o socio que hizo esos gestos racistas ayer en la tribuna Atilio García para aplicarle las mayores sanciones que se le puedan aplicar”, aseguró Rodríguez en el programa “Último al Arco” de Sport 890, según recoge el portal de Tenfield.

Durante la transmisión del partido entre Nacional y Palmeiras por el Grupo 2 de la Libertadores, las cámaras captaron el momento exacto en el que el hincha se levanta de su asiento y comienza a imitar un mono en alusión al futbolista brasileño.

Palmeiras repudió los “actos racistas cometidos contra el atleta Gabriel Jesus”, asegura un comunicado difundido este viernes. “El club reitera que condena cualesquiera prácticas que discriminen un ser humano por su raza, color de piel, etnia, religión, género o nacionalidad”.

El club envió las imágenes de la televisación al delegado del partido “con el fin de que se tomen las medidas apropiadas”, finaliza el comunicado.

Escribanos, casinos y usuarios de zonas francas en Uruguay serán investigados por lavado de dinero

Escribanos, casinos y usuarios de zonas francas en Uruguay serán investigados por lavado de dinero

La Secretaría Nacional para la Lucha Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo comenzará el 1° de julio controles masivos a los sujetos obligados del sector no financiero.

Escribanos, casinos y usuarios de zonas francas, entre otros, serán incluidos en la fiscalización que ya se realiza a entidades financieras. El director del organismo, Carlos Díaz,

Las autoridades de la Secretaría Nacional para la Lucha Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT) se reunieron este jueves en Torre Ejecutiva con representantes de las cámaras que agrupan a todos aquellos que están obligados a realizar reportes de operaciones sospechosas en materia de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo, a fin de comunicarles las pautas y lineamientos de control en esta materia.

Este sector, que incluye a los casinos, inmobiliarias, escribanos, rematadores y explotadores y usuarios de zonas francas, entre otros, se encuentra expuesto a riesgos de ser utilizado para canalizar activos de procedencia ilícita, según los expertos.

Tras la reunión, el director de la Secretaría Nacional para la Lucha Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, Carlos Díaz, estimó que actualmente son unas 13.000 las entidades no financieras sujetas a controles y que a fin del periodo rondarán los 20.000. Estas empresas eran hasta ahora controladas por la Auditoría General de la Nación.

También subrayó que en los últimos siete u ocho años hubo cerca de 400 procesamientos de la Justicia por lavado de activos.

UyPress