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CAUSA ABIERTA

JUSTICIA

Con pasaporte italiano falso pretendía llevar 3 kilos de cocaína a España

Con pasaporte italiano falso pretendía llevar 3 kilos de cocaína a España

Un equipo antinarcóticos que trabajaba en el aeropuerto internacional de Carrasco visualizó entre los pasajeros a uno que demostraba un nerviosismo inusual. En razón de ello y con los perros adiestrados se procedió a su detención y traslado a la oficina de investigación instalada en la terminal aérea. Lo primero que quedó al descubierto es que el pasaporte italiano que presentó para hacer los trámites de partida hacia Madrid era visiblemente falso. Acto seguido se procedió a la revisación de su equipaje pero nada se halló. La suerte de los investigadores cambió cuando se le palpó y se encontraron varios bultos adosados a su cuerpo. Se estableció que el individuo de 43 años, pero que en el documento falso figuraba como de 51, tenía encima tres kilos de cocaína en su máxima pureza que, confesó, tenía destino la ciudad de Madrid donde el encargo era esperado. El uruguayo fue puesto a disposición del juez de la Costa que lo remitió a prisión por el delito de tráfico de estupefacientes y posesión de documentación adulterada.

De tal palo..la nieta de Pinochet le sigue pegando a sus hombres

De tal palo..la nieta de Pinochet le sigue pegando a sus hombres

Bronceada, vestida de rosado y con lentes de sol de marco blanco, María Verónica Pinochet Molina (37) enfrentó impávida ayer la formalización de cargos que la Fiscalía Centro Norte realizó en su contra por el delito de lesiones contra su tercer marido -el empresario Miguel Morales Salazar (42)-, a quien golpeó y arrojó por las escaleras el 4 de noviembre pasado. Tras la audiencia, ocurrió un hecho del todo particular: sin mediar argumentos, dos carabineros del retén del Centro de Justicia escoltaron a la mujer hasta su vehículo. Según trascendió, ella les habría solicitado que la acompañaran. Sin embargo, no existe reglamento que establezca que efectivos policiales deban resguardar a imputados en el recinto. Media hora antes, el fiscal José Morales le comunicó a la nieta mayor de Augusto Pinochet Ugarte que el Ministerio Público investiga la agresión que ella le propinó a su ex pareja, quien en su denuncia señala que la mujer le pegó por no haberle dado dinero para la peluquería.

Además, el investigador sostuvo que hay diligencias en curso por otro violento incidente ocurrido, hace dos semanas, en el cual ella habría destrozado la camioneta de su ex esposo, según denunció el propio afectado a la 25ª Comisaría de Maipú.

El juez Jorge Tesche, del Segundo Tribunal de Garantía de Santiago, decretó medidas accesorias a favor de la víctima, por lo cual se le prohibió a Pinochet Molina acercarse a su tercer marido durante los 60 días fijados para esta investigación criminal.

El magistrado le advirtió que esto significaba no tener ningún tipo de contacto con su ex pareja, es decir, no debe ir para su casa, no puede acudir a su trabajo, tampoco llamarlo por teléfono ni enviarle correos electrónicos.

De lo contrario, le advirtió el juez, arriesga penas por cometer el delito de desacato a una autoridad de la República.

Asimismo, el Ministerio Público, por regla general en maltratos intrafamiliares, solicitó la prohibición de que la mujer porte armas, a lo cual el tribunal accedió.

Tras escuchar estas disposiciones, el abogado de la nieta favorita de Lucía Hiriart indicó que no se oponía, pues su defendida le había señalado que no tenía intención alguna de acercarse a su ex pareja ni de usar armas. Ante ello, el juez replicó "sí, son intenciones", pero había que dejarlo decretado en la audiencia.

CALABOZO

La mujer esperó durante dos horas y media al interior de un calabozo habilitado en el Centro de Justicia la imputación de este ilícito.

A primera hora de ayer, la Brigada de Investigaciones Criminales (Bicrim) de Conchalí la detuvo en su residencia. Esto último debido a que desde el viernes pasado el tribunal de garantía había despachado una orden de aprehensión en su contra por no haberse presentado ni justificado su no comparecencia a la primera formalización en su contra, que estaba fijada para el 30 de enero pasado.

La imputada se retiró rápidamente del tribunal acompañada por una amiga. No quiso dar declaraciones y sólo se limitó a señalar a la prensa: "Quiero ir a ver a mi bebita".

Fue entonces cuando dos efectivos policiales se le acercaron y la acompañaron en el ascensor y luego en la explanada del Centro de Justicia. ¿Parte del protocolo?, nadie dio una explicación coherente del hecho y hasta el momento ningún otro imputado recibió tal preocupación.

 

Denuncias poco comunes

El fiscal jefe José Morales señaló que la víctima de las lesiones, Miguel Morales, le manifestó estar muy afectado por estos hechos.

“Él está muy inquieto, muy preocupado por su hija (…) se trata de una persona que está muy afectada y lo único que quiere es resguardar la integridad de su familia. Además está muy preocupado porque entiende que hay un acoso tras esto”, señaló el investigador.

El representante del Ministerio Público advirtió, además, que este tipo de casos de agresiones de mujeres a hombres son muy poco usuales o que, por lo menos, las denuncias que se concretan frente a estos hechos son pocas.Fuente La Nación. 

Un agente policial murió en el acto en un accidente en Sauce

Un agente policial murió en el acto en un accidente en Sauce

Peritos de Policía Técnica de Canelones y el médico forense determinarán las causas por las cuales un policía de la seccional segunda del Sauce perdió la vida al estrellar su vehículo contra una alcantarilla.

El trágico accidente ocurrió en la mañana de hoy en el cruce de las rutas 6 y 71 y la víctima fue identificada como Roberto Carlos Bentancor, de 36 años. Según la pericia realizada en el lugar, el vehículo siguió de largo la rotonda allí existente, para luego chocar de frente contra un momumento y finalmente caer a la alcantarilla, en un desnivel de la ruta. El agente perdió la vida prácticamente en el acto debido a las graves heridas sufridas.

Existe la presunción de que el policía se durmió al volante, pero también existe un hecho muy fuerte, ya que la víctima, al parecer, acostumbraba a tomar alcohol en abundancia.

Una chilena portadora de VIH demandó al Estado porque la esterilizaron sin su consentimiento luego de dar a luz

Una chilena  portadora de VIH demandó al Estado porque la esterilizaron sin su consentimiento luego de dar a luz

El día de ayer la ciudadana chilena F.S., diagnosticada con VIH, demandó al Estado chileno ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por haber sido esterilizada sin su consentimiento en un hospital público tras dar a luz. En el recurso presentado en nombre de F.S., de 27 años, por el Centro de Derechos Reproductivos y VIVO POSITIVO, Coordinadora Nacional de Agrupaciones y Organizaciones de Personas Viviendo con VIH/SIDA, se denuncia que ella fue esterilizada debido a su estatus seropositivo, sin que jamás los médicos hubiesen discutido el tema con ella ni solicitado su autorización. “Aparte de violar los derechos humanos más básicos de una mujer, la esterilización forzosa reviste especial gravedad cuando se comete en contra de personas vulnerables y dignas de mayor protección, como las mujeres que viven con VIH”…“Es hora que el Estado chileno haga valer los derechos humanos de todos sus ciudadanos y adopte medidas concretas para garantizar que las mujeres que viven con VIH reciban servicios de salud reproductiva de calidad y que respeten su derecho a decidir sobre sus propias vidas”, expresó Luisa Cabal, Directora del Programa Internacional del Centro de Derechos Reproductivos. En 2002, poco después de saber que se encontraba embarazada, F.S. (quien prefiere no revelar su identidad) fue diagnosticada con VIH, y referida al Hospital de Curicó donde fue tratada. En ningún momento durante su tratamiento solicitó al establecimiento ser esterilizada, dado que ella y su marido tenían la intención de tener más hijos. Según un estudio efectuado en 2004 por VIVO POSITIVO, el caso representa un problema generalizado en Chile. La investigación constató que, de las entrevistadas que viven con VIH que habían sido esterilizadas, el 29% denunció haber recibido presiones en tal sentido por parte del personal médico, en tanto que el 12.9% se había negado de plano a ser intervenidas. El estudio también comprobó que la mayoría habían recibido información indebida que propugnaba la idea de que mujeres que viven con VIH no debían embarazarse. VIVO POSITIVO señala: Ni la investigación del Ministerio de Salud, ni los Tribunales de Justicia, consideraron, pese a las pruebas presentadas, que se hubiesen violado los derechos humanos de la recurrente. Esta denegación de justicia, demuestra de manera fehaciente que aún persisten situaciones de discriminación hacia las personas Viviendo con VIH/SIDA en Chile. Presentar este caso a nivel internacional nos da la oportunidad para reinstalar la discusión acerca de los derechos de las Mujeres Seropositivas en nuestro país. Es una oportunidad también, para que el Estado Chileno, reestablezca el imperio de la ley”. En el recurso, el Centro y VIVO POSITIVO sostienen que el Estado chileno infringió los derechos de F.S. a la no discriminación, a decidir el número e intervalo de sus hijos, a vivir libre de violencia y al acceso a la justicia, todos ellos consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer. La Comisión Interamericana, organismo con sede en la ciudad de Washington, vela por el cumplimiento de la Convención por parte de los Estados Miembros. El Centro y VIVO POSITIVO solicitan a la Comisión recomendar que Chile reconozca que se ha producido una violación a los derechos humanos, repare el daño causado, indemnice económicamente a F.S., y adopte políticas que garanticen a las mujeres que viven con VIH plena libertad para decidir por sí mismas en materia de salud reproductiva. Fuente El Rancahuaso.

Con un niño de 3 años en brazos una pareja no levantaba sospechas y asaltaba taxistas

Con un niño de 3 años en brazos una pareja no levantaba sospechas y asaltaba taxistas
Ella de 24 años, él de 23 y con varios antecedentes penales y el pequeño de 3 años, hijo de la mujer. Ya con todas las estrategias para delinquir agotadas, la pareja resolvió salir “a buscar el peso” con el niño en brazos de su madre. La treta les permitió subir y bajar de varios taxis durante casi dos meses, período en el cual, por supuesto, se llevaron el dinero de los obreros del volante. Pero la suerte se les acabó ayer cuando policías de la seccional 13ª. los llevaron, no sin antes tener que reducir a la joven que era, literalmente, de armas tomar. El comienzo del fin fue en la noche de ayer cuando abordaron un vehículo de alquiler en la esquina de 8 de Octubre y Pan de Azúcar y el hombre le pidió al taxista que los llevara hasta dicha avenida y Larravide, es decir 3 cuadras y media. Al llegar al lugar la mujer bajó rápidamente con el niño y casi al mismo tiempo el individuo sacó un cuchillo y tras amenazar al transportista le quitó el dinero de la recaudación, para luego descender y seguir los pasos de su compañera hacia una zona marginal. La víctima comunicó por radio lo que le había sucedido y varios colegas (que conocían a la pareja y al niño) confluyeron en el lugar al igual que la Policía que detuvo primero al sujeto de iniciales CJMJ, debiendo dominar a la compañera ALRS, quien se quería comer vivos a los efectivos. Los dos detenidos quedaron a disposición de la justicia y el pequeño bajo custodia del Inau.

Menor apuñalado en el pecho

Cerca de las dos de la madrugada de hoy, dos desconocidos abordaron a un menor de 16 años en el cruce de José Belloni y Matilde Pacheco, en la zona de Piedras Blancas. El jovencito se dirigía a su domicilio, según narró después la madre, cuando los sujetos lo amenazaron con cuchillos y le exigieron que les entregaran todo lo que tenía encima. Como el chico se resistió al asalto, uno de los sujetos le asestó una puñalada en el hemitórax izquierdo, cerca del corazón. Consumada la agresión los dos individuos se dieron a la fuga. El herido debió ser internado en estado delicado en un sanatorio particular. Policías de la seccional 17ª. tienen firmes que permitirán en breve dar con los autores del ataque. 

 

 

Cuatro niños, dos adolescentes y un mayor que los lideraba asaltaban parejas en la rambla con extrema violencia

Cuatro niños, dos adolescentes y un mayor que los lideraba asaltaban parejas en la rambla con extrema violencia
Policías de la seccional cuarta dieron por terminada con las andanzas de un grupo que se había integrado con la sola finalidad de asaltar personas en la rambla, sobre todo a parejas. El último golpe dado por la gavilla se registró en la Rambla Wilson a la altura de Juan Jackson,  donde seis menores y un mayor tomaron a golpes a una pareja y le arrebataron dinero y efectos personales. Apenas sucedido el hecho, efectivos de la mencionada repartición lograron la detención de todos los asaltantes, cuyas edades iban desde los 12 hasta los 17 años, además de un joven de 21 que los comandaba.
El mayor, YSMC, fue puesto a disposición del juez en lo penal de segundo turno que ayer lo interrogó y hoy volverá a hacerlo cuando sea conducido desde la comisaría de la calle Miguelete. En tanto el juez de adolescentes de segundo turno resolvió iniciar procedimiento, con internación en el Inau a un joven de 17 años y a un niño de 13, como autores de un delito de rapiña y un delito de daño en reiteración real. El magistrado dispuso asimismo que los otros niños fueran entregados a sus padres, bajo severas prevenciones.
 
La Jefatura advierte a la población luego de millonario arrebato 
 

En la tarde de ayer, un empleado de una firma de plaza concurrió a una entidad financiera en la zona de la Aguada y retiró una fuerte suma de dinero en moneda nacional destinada al pago de sueldos. Al salir, tomó un taxi y minutos después descendió en Magallanes y Asunción, donde fue sorprendido por un delincuente que mediante violencia física y exhibición de un arma de fuego le sustrajo el efectivo, fugando en una moto pilotada por un secuaz. En virtud de ello la Jefatura de Policía emitió un comunicado advirtiendo de los cuidados que debe tomar la población, el cual se transcribe en forma textual: “El Comando de la Jefatura de Policía de Montevideo, una vez más solicita a los medios de prensa su invalorable colaboración, para exhortar a los ciudadanos que tengan precaución al transportar valores especialmente cuando realicen retiros de dinero en entidades financieras, a fin de que adopten las medidas de seguridad que estén a su alcance, a los efectos de desalentar el accionar de los delincuentes que se dedican al hurto mediante la modalidad del arrebato, eligiendo a sus víctimas en los lugares donde operan con dinero en efectivo y los siguen utilizando como medio de transporte generalmente motos, en la mayoría de los casos, dichos hurtos se llevan a cabo en las cercanías de sus domicilios o cuando sus víctimas descienden de diferentes vehículos.”
 
 
 
 
 
 
 

 


 
 
 
 
 
 
 

 



 
 
 
 
 
 
 

 

 

 

 

 

La Justicia uruguaya se aggiorna: sistema de comunicaciones electrónicas reducirá tiempo de notificaciones

La Justicia uruguaya se aggiorna: sistema de comunicaciones electrónicas reducirá tiempo de notificaciones

 Técnicos de la Unidad Coordinadora del Programa de Fortalecimiento del Sistema Judicial Uruguayo (PROFOSJU) han estimado que el nuevo sistema de notificaciones electrónicas que comenzará a implantarse a partir del próximo mes de marzo modificará drásticamente el tiempo que tarda en completarse el procedimiento de notificación, reduciéndolo, de las actuales 4 a 6 semanas, a un período de 48 horas.          Esta iniciativa fue mencionada ayer por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Jorge Larrieux, al asumir dicho cargo, destacando que estos esfuerzos en la mejora de gestión están orientados a “privilegiar y garantizar derechos y libertades, administrando justicia de fácil acceso, ágil y eficiente”. En efecto, el Programa de Fortalecimiento del Sistema Judicial Uruguayo (PROFOSJU) tiene el propósito de mejorar los servicios judiciales de modo que esa mejora se refleje en los usuarios de los mismos. Está integrado por tres componentes: dos de ellos – Proyecto 1 “Fortalecimiento de la gestión administrativa del Poder Judicial” y Proyecto 2 “Fortalecimiento de la gestión de la Suprema Corte de Justicia”- han culminado satisfactoriamente, permaneciendo en etapa de ejecución el Proyecto 3 “Mejora del servicio en tribunales y juzgados”, cuyo objetivo es definir un modelo de gestión para los despachos judiciales y oficinas de apoyo, desarrollar un sistema informático de soporte a la gestión definida y su implantación en las oficinas integrantes del plan piloto. Las comunicaciones electrónicas que comenzarán a implantarse gradualmente a partir del próximo mes de marzo son parte de esta última propuesta.

A efectos de posibilitar estas transformaciones la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de su poder para la iniciativa legislativa, promovió exitosamente la sanción de la ley nº 18.237 de fecha 20/12/07 en cuyo artículo único se autoriza “el uso de expediente electrónico, de documento electrónico, de clave informática simple, de firma electrónica, de firma digital, de comunicaciones electrónicas y de domicilio electrónico constituido, en todos los procesos judiciales y administrativos que se tramitan ante el Poder Judicial, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales”.

Además, la norma faculta a la Suprema Corte de Justicia “para reglamentar su uso y disponer su gradual implementación”.

Cumpliendo este último mandato legal, la Corporación dicta la Acordada 7637 de fecha 1º de agosto de 2008 definiendo el plan de implantación del sistema de notificación electrónica.

         Atendiendo al profundo cambio cultural que implica esta nueva forma de practicar las notificaciones, así como a la logística necesaria para garantizar la seguridad y confiabilidad del sistema, así como la necesaria capacitación de los usuarios internos y externos, se ha resuelto que la implantación se produzca en forma gradual. El sistema comenzará funcionando en los Juzgados Letrados de 1º Instancia de Trabajo de Montevideo y en los expedientes en trámite en la Suprema Corte de Justicia que provengan de dichas sedes. Luego se irán incorporando paulatinamente todas las materias y todas las sedes del país que cuenten con infraestructura tecnológica adecuada.

         El sistema de notificaciones electrónicas implicó la creación de la Unidad de Administración de Notificaciones Electrónicas (UANE), que tiene el cometido de otorgar y administrar las casillas de correo, elaborar el plan de implantación gradual del sistema, así como capacitar y atender a los usuarios del mismo.

         El Poder Judicial cuenta con un servidor propio destinado exclusivamente a las notificaciones electrónicas. A cada usuario que lo solicite se le asigna una casilla de correo electrónico, a través de la cual recibirá las notificaciones judiciales que le correspondan. Esta casilla no será apta para responder, enviar o reenviar correos electrónicos.

         A efectos de obtener su correspondiente cuenta de correo electrónico cada usuario debe presentarse en las oficinas del PROFOSJU (18 de Julio nº 1082, tel. 9003795, 9013397 y 9030876). Previa suscripción del contrato respectivo, donde se establecen los lineamientos básicos del servicio y las responsabilidades asociadas, se le adjudicará y activará la correspondiente casilla de correo electrónico y se le entregará la contraseña para su utilización.

         En el sitio http://comunicaciones.poderjudicial.gub.uy los interesados pueden hallar información más detallada sobre este tema.

La periodista de Río Branco habla sobre el miedo y el crimen de su hijo

La periodista de Río Branco habla sobre el miedo y el crimen de su hijo

La periodista Marlene Vaz,  reafirma a revistatextual.com  su opinión referente a la muerte de su hijo y "la omisión de asistencia" que según la colega y testigos sufriera el joven en ese momento. La publicación en revistatextual.com, motivó repercusiones a nivel nacional e internacional sobre este caso que afecta a la periodista de Río Branco, que fuera condenada el año pasado por "difamación" en un juicio que le iniciara un policía de aquella ciudad. Varias fuentes consultadas por revistatextual.com resaltan el mayoritario "silencio" de medios que tuvo el hecho a pesar de los antecedentes de la periodista en el ejercicio de su profesión periodística y las amenazas constatadas en contra de su familia y ella misma.

¿Cómo esta viviendo la situación sobre la muerte de su hijo luego de que tomara estado público a nivel nacional e internacional?

"Perder un hijo es lo más doloroso para una madre, nada se compara a este sufrimiento,. Peor aún  cuando venimos diciendo en Sede Judicial, y  ante el propio Ministerio ,desde hace mucho tiempo que temíamos por la vida de uno de nuestros hijos.

Desde febrero de 2006 , año en que denunciábamos el robo de los Championes NIKE que se encontraban en depósito judicial en la propia seccional 3ra.de Policia de Cerro Largo, comenzaron agresiones hacía nuestros hijos por parte de un grupo de policías, agresiones que han ido desde lo físico donde fue procesado un  funcionario policial por lesiones personales ( justamente a Maximiliano, que  recibió 14 cachiporrazos y un brazo astillado ), e  intimidaciones muy fuertes.

Presentamos a la Justicia unas cuantas denuncias e incluso manifestamos nuestro temor a que nos mataran un hijo haciendo responsable a la Justicia,  y  al  Ministerio del  Interior , está  escrito, estas  fueron  archivadas.

El 10 de enero de 2008  presentamos dos denuncias contra la policía,una de ellas contra un oficial. Sin embargo la denuncia nuestra  no se tocó hasta el dia 23 de enero en que el oficial en cuestión me denuncia por difamación e injurias y termino procesada como es de público conocimiento.

.El 11 de febrero de 2008 presentamos otra denuncia, por agresión contra uno de mis hijos.

La muerte de mi hijo ha causado conmoción pública  especialmente entre jóvenes y adultos, quién era muy querido en esta zona , hoy al haber tomado estado público a nivel nacional e internacional, es como que sentimos que no estamos solos en esta lucha  para que se haga justicia por la Omisión de Asistencia y Desidia  hacia nuestro hijo por parte de la policía de la subcomisaria de Lago Merín y que se llegue a la verdad."

¿A qué se debe según usted el silencio que sobre este caso existió hasta ahora? Usted sabe que para alguna gente  la muerte de su hijo fue  un "problema cardíaco"...

 

"El silencio entre la gente no existio ,ni existe. Aquí el silencio fue de la prensa de Cerro Largo (salvo dos o tres colegas que se manifestaron en su momento), que demostró interés después de muchos días, luego de haberse publicado en, revistatextual.com, en Búsqueda y Carve.

Sé del caso de una colega que tenía temor de aparecer "boyando en el Río Yaguarón" si se manifestaba, el caso de ella es comprensible ya que es una obrera de un medio de comunicación y no le permitirian hablar de una muerte dudosa.

Quizá algunos colegas se guiaron por lo que les contaron, no por que hubieran realizado una investigación  o se hubieran contactado con nuestra familia, que ya habíamos realizado una investigación profunda sobre el caso. Sin embargo, alguna colega del departamento habló de que mi hijo estuvo envuelto en una rina, información esta que no poseíamos y que sería muy bueno la aportara a la justicia. De cualquier forma eso o lo que fuere no justifica la tardanza de 42 a 45 minutos de la policía en prestarle socorro a mi hijo, ni tampoco justifica el paseo que realizaron con él  por Lago Merín  antes de trasladarlo al Hospital de Río Branco.

El informe primario del forense indica que mi hijo sufrió un infarto en el ventrículo izquierdo. Infarto no fulminante,estoy segura que si la policía hubiera actuado diligentemente y con la premura del caso quizás hoy no estaríamos llorando.

Nadie, me atrevo a afirmar que nadie,absolutamente nadie en esta ciudad,especialmente la policía desconocían que mis dos hijos menores padecen cardiopatías congénitas .

Si bien el informe primario del forense indicó la muerte por Necrosis isquémica de ventrículo izquierdo, según el médico de nuestra familia Dr. Gonzalo Alzueta Lima, el infarto que padeció nuestro hijo no fue fulminante, puede haber sido a raíz de un gran esfuerzo ( el profesional confirmo a revistatextual.com que la muerte sobrevino por un esfuerzo excesivo debido a una lucha o al defenderse y no a un "paro cardiaco" por simple antecedente).

Estamos aguardando por el resultado final de la autopsia ya que faltan los resultados de un organo vital,sangre y orina.

Le informamos al Juez que entiende en la causa de los rumores existentes en la ciudad y en el balneario Lago Merín y le pedimos actuara de oficio, ya que dentro de los rumoress que circulan se comenta que Maximiliano habria sido confundido y golpeado por cinco personas algunos de la ciudad  de Melo  y habrían   dos o tres  testigos, uno de ellos habría visto cuando lo golpeaban y cuando alguien gritaba "no le peguen que es cardíaco" " . Y  otro reconocería a alguno de los implicados .

 

¿El parte policial del hecho apunta como "muerte del corazón" la sufrida por su hijo?

 

No tenemos conocimiento alguno,a no ser las declaraciones del Jefe de policía de Cerro Largo a Radio Río Branco el 29 de enero en el informativo del mediodía. En lo que nos es personal, los parte policiales no nos merecen confianza, fíjese que quién le prestó auxilio a mi hijo, masajes cardíacos, respiración boca a boca, fue citado en su comercio para que se presentara en el  puesto policial de Lago Merín a la hora 01:30 de la madrugada del día siguiente o sea 17 horas después de que la policía levantara del lugar a mi hijo.

Si bien me consta que los partes policiales no tienen valor probatorio ante la justicia, (ley 18315 de 5 de julio de 2008, sesión 2, procedimientos de averiguación en dependencias policiales art.63), esperamos y confiamos que la Justicia va a actuar profesionalmente.

Anecdóticamente le voy a comentar,que una funcionaria policial de seccional 3ra. confirmó a la periodista Mara Pastrana el día 11 de enero próximo a la hora 08:00 la muerte de Maximiliano,sin embargo en el registro de defunciones del  MEC , Dirección General de registro de estado Civil, Secc.3ra,.a Fs.4 vto. y con el Nro.8 se efectúo la inscripción de Eiler Maximiliano Figueredo Vaz,donde consta que este falleció a la hora 08:30, firma el certificado el Dr.Juan Munoz Pineiro, Médico Forense que realizó la autopsia en Melo a nuestro hijo.
 

¿Hay testigos del traslado demorado que realizó la policía?

 

Sí, mis hijos mayores acompañados de un funcionario judicial de Montevideo, Roberto Goñi, investigaron y recabaron información en el Lago Merín y en esta ciudad , nombres, documentos de identidad  y domicilios de nueve personas que fueron testigos de la omisión de asistencia y desidia  hacia nuestro hijo, incluso estos nueve testigos aportados ya declararon ante el Juez competente.

 

¿Ha recibido llamados de alguna autoridad jerárquica del Ministerio del Interior dados de los antecedentes en amenazas en su contra por su trabajo periodístico en Río Branco?

 

Cuando recibí las amenazas en 2008 por mi labor periodística, sí, recibí apoyo del Ministerio del interior a través del Fiscal Letrado de Policía Dr. Héctor Di Giacomo.Luego al llegar a mi domicilio en la ciudad de Río Branco,se apersonaron el Coordinador Gral.  de Jefatura de Policia de Cerro Largo, José Adán Olivera y el Director de Investigaciones Crio.Gustavo López.

Sin embargo en este concreto caso, ni se han manifestado por teléfono siquiera.

 

¿Cómo está el caso a nivel de la Justicia luego de pasados 20 días?

 

" Según tengo entendido,el Juez de Feria Dr. Eduardo Vital Rodríguez, no pudo cerrar el caso por su complejidad y el mismo seguirá instruido por la Dra.Susana Moll Juez Letrado de Primer Turno de Río Branco".
 

 

Preguntas sin respuesta

 

¿Cuál es su opinión hoy con respecto al traslado de su hijo hasta el hospital?

 

 

" Tenemos muchas dudas al respecto porque la Policía demoró muchisimos minutos preciosos al volver al lugar en el segundo llamado, es de destacar que otro testigo ante la demora inusual tuvo que llamar al 911 como se puede corroborar ante el Ministerio, dado que el puesto policial esta a menos de cinco cuadras del lugar y donde fué un testigo aportado a buscarlos ya que no acudían al  llamado".

 

¿Por qué el funcionario del Puesto Policial, en tono de disconformidad manifestó "ah, vamos a tener que ir !"?

¿"Por qué en lugar de ir inmediatamente los policias le manifestaron  al testigo tener que ir a buscar un tercer funcionario a su domicilio, cosa que hicieron  y de igual forma este no vino con ellos ?

¿Por qué si ya habían concurrido al lugar toman el camino contrario a donde se encontraba Maximiliano, en este caso corre una persona en su busca en moto los alcanza y los hace dar vuelta, ¿ Por qué vuelven al lugar en tren de paseo ?.

¿Por qué al levantar a Maximiliano y al estar a media cuadra de la carretera que conduce a Río Branco, la policía se mueve  a velocidad de paseo en sentido contrario unas cuatro o cinco  cuadras para subir una y retornando hacia la ruta por la calle paralela a la 1 ( de donde  lo habían levantado  ), saliendo al costado del Hotel que queda cuadra y media de donde se encontraba Maximiliano, haciendo en forma inexplicable aproximadamente unas 10 cuadras para salir prácticamente en el mismo lugar? .

"¿Por qué no se trajo a la persona  con Maximiliano al Hospital de Río Branco,  ya que lo mantenía con vida y se ofreció a acampanarlo y lo dejaron cuando fué a recoger sus documentos  a menos de cuatro metros del lugar  ?.

" ¿Por qué se quiso poner a nuestro hijo en la carroceria de la camioneta, estando con vida, y a las personas que se ofrecieron a acompanarlo les manifestaron que no podían transportar a nadie en la carrocería , y si a nuestro hijo aún con vida ? Aclaramos, acá que la gente presente ,sus amigos y conocidos, "obligaron" a la policía a ponerlo en el asiento trasero manifestándole a estos que Maximiliano  no era una bolsa de papas  .

¿Por qué si no trajeron a quién lo mantenía con vida no se sentó un funcionario a darle auxilio en el asiento trasero, dejándolo solo ( situación verificada por nosotros ,la familia,cuando llegan al hospital)?

 ¿Por qué al llegar al Hospital abren las puertas del vehículo quedando paralizados y teniendo mi hijo mayor que bajarlo y entrar corriendo al Hospital llevándolo en brazos, sin que lo ayudaran , y dejando la camioneta a mas de 10 metros de la entrada de emergencia.?

¿Por qué siendo una emergencia no pararon en el lugar de las ambulancias y pararon en el estacionamiento?

¿Qué garantía tiene la familia de que no le hayan  hecho nada a nuestro hijo en el trayecto de Lago Merín a Río Branco?

¿Por qué el móvil policial los 10 primeros kilómetros desde el balneario a (Casarone ) vino a un velocidad y a partir de ahí apuró la marcha hasta el Hóspital ? dejo constancia que el móvil policial fue seguido por un vehículo amigo de la familia.

 ¿Por qué dada la emergencia el móvil policial nunca prendió las luces ni las sirenas. ?

 

¿Este caso ha sido recogido por reporteros sin fronteras entre otros organismos internacionales que le han expresado su apoyo, siente que como periodista usted y su familia mantienen garantías sobre su seguridad?

Sí, la representante en Uruguay Mirtha Villar me llama constantemente,quien aseguró que habrá un comunicado y que desde París,Francia , Benoit está atento a lo que está pasando.

Como periodista  no sentía garantías sobre la seguridad de mi familia y ahora con lo que ha sucedido con mi hijo, menos garantias tengo obviamente, ya que sigo temiendo por lo que le pueda pasar a mi familia de aquí en más.

Me llama poderosamente la atención que APU aún no se haya manifestado al respecto. 

Sin ir más lejos el domingo 25 de enero, mientras mi hijo más chico entraba a su trabajo, que es nocturno (DJ en un club social),el policía que agredio a mi hijo Maxi con 14 cachiporrazos y que fue procesado, lo miró y esbozó una sonrisa de triunfo.

Aduanas se incauta de 60 mil cigarrillos y televisores plasma de contrabando

Aduanas se incauta  de 60 mil cigarrillos y televisores plasma de contrabando

Las inspecciones realizadas por integrantes de equipos móviles de la Direccion Nacional de Aduanas del Urugauy, a ómnibus del transporte interdepartamental de pasajeros que circulan por las rutas 9 y 19 permitieron evitar el envío de mercadería de contrabando que se intentó realizar, desde la frontera con Brasil hacia otros destinos dentro del territorio nacional.

En uno de los procedimientos se pudo ubicar al infractor, un pasajero que transportaba, hacia la ciudad de San Carlos, 9.800 cigarrillos de origen paraguayo como parte de su equipaje y que intentó justificar como consumo personal.

En otras dos inspecciones de similares características, ninguno de los pasajeros de los ómnibus, se hizo cargo de los 49.200 cigarrillos, también de las marcas paraguayas “Star”, “Eco” y “Euro”, determinándose, en esos casos, la responsabilidad administrativa del personal del transporte.

 

Televisores de última generación

 

Los controles que se efectúan en el Depósito Fiscal Único (DFU) de Chuy, se pudieron ubicar y se procedió a la incautación, de electrodomésticos que se encontraban en condiciones irregulares.

La documentación inspeccionada permitió determinar que se había destinado a un comercio en régimen free shop, un televisor LCD de 42 pulgadas.

A otro comercio que trabaja bajo el mismo régimen, se destinaban 6 televisores LCD de 32 pulgadas, comprobándose en todos los casos que se trataba de mercadería de originaria de países limítrofes y por lo tanto en condiciones ilegales, ante lo cual se procedió a la incautación, luego que se reconociera la irregularidad por parte de los agentes comerciales involucrados.

 

Envíos desde Paysandú

 

Las inspecciones a encomiendas realizadas en agencias ubicadas en la terminal de ómnibus de Paysandú, motivaron la retención de envíos que se intentaron realizar hacia otros puntos del país.

Fueron convocados los remitentes o destinatarios de los envíos a fin de que permitieran la apertura de las encomiendas, pero transcurridos los plazos previstos, ninguna persona cumplió con el trámite exigido.

Ante personal de las empresas, en calidad de testigos, se procedió a la apertura de las encomiendas, en tres de las cuales, destinadas a las ciudades de Durazno, Maldonado y Montevideo, se ubicaron 250 prendas de vestir de origen argentino, las que se ingresaron al país en infracción de contrabando, por lo que se procedió al decomiso.

 

 

 

Sentencia Judicial para el conductor ebrio que atropelló al oficial de Policía Caminera

Sentencia Judicial para el conductor ebrio que atropelló al oficial de Policía Caminera

Ciudad de la Costa,  30 de enero  de 2009.

VISTOS Y ATENTO:

Que de las pruebas obrantes, declaraciones vertidas y demás resultancias reunidas en autos emergen elementos de convicción suficiente para considerar acreditada la ocurrencia de los siguientes hechos:

    1)-Que el 17 del corriente mes, alrededor de las 07.30 horas, el indiciado FZM, circulaba conduciendo su vehículo marca Chevrolet modelo Chevette, matrícula de Canelones AAB 5386, por ruta interbalnearia hacia el este cuando al llegar a la altura del km. 30, en la intersección con calle Indianápolis, embiste con su lado frontal derecho el móvil de Policía Caminera que se encontraba parado  en igual dirección, al costado de la ruta, estacionado entre la banquina y el cantero proyectado de la ruta en construcción, paralela a la vía de circulación utilizada por el indiciado.

Con el impacto arrastra por unos nueve metros al vehículo hacia delante.

El agente policial A R C se encontraba, en el momento de los hechos, parado al costado del móvil hablando con el Sargento J P. Este último observa por el espejo retrovisor que se acercaba el vehículo del indiciado dirigiéndose rumbo al móvil por lo que da aviso a C quien atina a correr hacia delante del móvil no logrando evitar ser embestido por el automóvil de Z, cayendo unos cinco metros más adelante sobre el pavimento.

El automóvil del indagado continuó su marcha unos veinte metros más finalizando sobre la faja de pavimento que constituye la ruta en construcción, al costado de la vía de circulación.

A consecuencias del impacto, C experimentó heridas de entidad las que se relatan en informe médico forense: traumatismo encéfalo craneano con pérdida de conocimiento, hematoma bipalpebral, escalpe frontal extenso, luxación de hombro izquierdo, herida en labio superior, pérdida de piezas dentarias. La tomografía practicada no evidenció lesiones en el cráneo, constatando fractura transversa C7 a izquierda, fractura de apófisis transversa derecha  L3 L4 L5, fractura multifragmentaria de huesos propios de la nariz, fractura de celdillas etmoidales a derecha, desplazamiento posterior dental por fractura de alveolo medio, fractura de pierna derecha en tres sectores.

Fue intervenido quirúrgicamente determinando las lesiones enumeradas riesgo de vida y un tiempo de inhabilitación para atender sus tareas ordinarias mayor a los veinte días.

Practicada espirometría al indiciado  dio como resultado 34,1 decigramos de alcohol por litro de sangre.

Se recabó la declaración de testigos presenciales del accidente, uno de ellos el funcionario de Policía Caminera que se encontraba hablando con el lesionado momentos antes del siniestro y de J A, transeúnte que se encontraba esperando el ómnibus en una parada situada frente al lugar del accidente. Ambos testigos relataron de manera similar el choque, señalando la ubicación del auto estacionado, fuera de la ruta, la dirección oblicua en que circulaba el automóvil del indagado y la velocidad excesiva en que lo conducía.

En virtud de los testimonios referidos y de la carpeta de Policía Técnica agregada, se concluye que el indagado actuó en forma imperita, negligente, violatoria de reglamento, en tanto que metros antes le imponía una señal de tránsito una velocidad máxima de 45 km por hora, saliendo de la ruta y atropellando al otro vehículo que se encontraba correctamente estacionado. Aunado a ello, los funcionarios de Policía Caminera habían colocado balizas indicando los  vehículos estacionados y precisamente C vestía el chaleco reflectivo lo que permitía verlo a la distancia.

El indiciado admitió su accionar culposo, no dando explicación certera del mismo, dudando si se distrajo o se durmió con el resultado conocido.

Ante la gravedad de las heridas, que imposibilitan aún a la fecha la declaración del lesionado, la sede citó a la cónyuge del mismo, quien formuló la instancia por las heridas infringidas a su marido, al amparo del art. 12 del C.P.P.-

Las lesiones, por lo referido en informe médico forense y sin perjuicio de la evolución de las mismas y grado de recuperación se califican en esta instancia de graves por lo que requiriéndose instancia, la misma fue formulada, como se dijera, por la esposa de la víctima.

         La prueba de lo relatado emerge de actuaciones policiales, declaraciones de testigos y del indiciado, ésta ratificada ante su respectiva defensa letrada, informe médico forense, carpeta de Policía Técnica, pericia practicada a los vehículos, examen de espirometría, así como demás resultancias de autos.

    2) – Conferida vista al Ministerio Público solicitó el enjuiciamiento y prisión de FA.ZM por la comisión de un delito de lesiones graves culposas (arts. 19, 60, 317 y 321 del C.P).

    3)- La defensa argumentó que si bien la conducta desplegada por su defendido es enteramente reprochable, el grado de alcohol indicado por la espirometría practicada determina que se encontraba en la hipótesis de los arts. 31 y 32 del C.P. y por ende resulta inimputable debiendo atenderse su adicción alcohólica sugiriendo la imposición de medida sustitutiva a la prisión en caso de disponerse el enjuiciamiento del mismo discrepando con la prisión preventiva reclamada.-.

    4)- Que de acuerdo a la prueba reunida la sede considera, de conformidad a lo reclamado por el Min. Pco., que la conducta desplegada por el indiciado debe calificarse bajo la figura penal antes reseñada.

Ello por cuanto su conducción imprudente y violatoria de leyes y reglamentos fue la causante exclusiva del resultado lesivo emergente.

La gravedad de las lesiones y la negligencia en el accionar del indagado determinan de por sí la prisión preventiva.

Mas allá de que se carece, al tiempo de resolver, de informe médico definitivo, el estado de la víctima es de tal gravedad que deberá aguardarse la evolución de las lesiones y en función a ello la eventual modificación de la calificación jurídica.

En su oportunidad, habrá de recabársele declaración al lesionado a fin de determinar la forma en que acaecieron los hechos.-

En cuanto a la ebriedad completa que invoca la defensa particular  y que determina la inimputabilidad de su cliente, cabe observar que la que  presentaba el indagado no era completa ni accidental como lo requiere la norma que invoca – art. 31 del C.P.- Ello por cuanto para que se califique de completa debe tratarse de un grado tal que inhiba de conciencia al individuo que la padece. Y debe ser involuntaria, esto es, haberse producido por caso fortuito o fuerza mayor, esto es, accidental, provocada por causas que escapan al contralor del sujeto.

Nada de esto puede afirmarse que ocurra en el caso de la embriaguez de Z en tanto refiere que realizó la ingesta alcohólica en parte con unos amigos y luego en un carro de expendio de comida por lo tanto no fue accidental ni por fuerza mayor. Mas allá de que los volúmenes de alcohol que afirma haber tomado no podrían revelar un índice de espirometría como el constatado, sino que es probable que respondan a mayor cantidad, lo cierto es que no puede considerarse tampoco una embriaguez completa dado que le permitió manejar, para lo cual debía tener algún grado de conciencia, dirigiéndose por la ruta hasta llegar al lugar donde se produce la colisión, provocada precisamente por su mal dominio del volante en función a la ingesta alcohólica pero que no le impidió cierto grado de conciencia para conducir el vehículo.

La alarma pública generada, entiende la sede, no se debió esencialmente al accidente sino a la manera en que se dilató la resolución del presente presumario, dilación que no le es imputable a la suscrita quien usufructuaba licencia reglamentaria en la fecha del acaecimiento de los hechos y que debió reintegrarse antes de la finalización de la misma adoptando resolución a dos días de reiniciado su trabajo.

Por lo expuesto y lo dispuesto por art. 15 y 27 de la Constitución, arts.  19, 60, 317, 321 y 322 del C. Penal, y arts. 125 y sigtes del C.P.P., RESUELVO:

I) El procesamiento y prisión, de FAZM bajo la imputación de un delito de lesiones graves culposas, oficiándose-

II) Téngase por incorporadas al sumario las presentes actuaciones con noticia de las partes.

III) Solicítese y agréguese planilla actualizada de antecedentes judiciales y practíquese los informes complementarios que sean pertinentes a cargo de la Oficina Actuaria.

IV) Téngase por designada la defensa de particular confianza a cargo de la Dra. Fabiana Antunez Lema, propuesta y aceptante.-

V) Practíquese informe médico definitivo del lesionado expidiéndose específicamente acerca de la calidad de las lesiones atento a lo referido por art. 318 del C.P. y teniendo presente la historia clínica del paciente.

VI) Recíbase declaración del lesionado, cometiéndose su fijación.

VII) Ofíciese a la Intendencia Municipal de Montevideo y a la Intendencia Municipal de Canelones a fin de que informen a la sede los antecedentes de libreta de conducir que hubiera tramitado el enjuiciado (fecha de expedición, vigencia, eventuales inhabilitaciones y causa de las mismas, etc).

VIII) Recíbase la declaración de los testigos de conducta que se propusieren, cometiéndose.

IX) En cuanto al retiro de la libreta de conducir requerido por Fiscalía, sin desmedro de adoptar tales medidas y otras complementarias cuando se disponga la excarcelación, no puede ser posible tal medida desde que no cuenta con dicha documentación, según declaró, por extravío.

 

 

En una casa de la Unión, un desquiciado le pegó un tiro en la cabeza a la mujer y otro en el pecho a la hija

En una casa de la Unión, un desquiciado le pegó un tiro en la cabeza a la mujer y otro en el pecho a la hija

Poco después de  las cuatro de la tarde de ayer, en la finca situada en Dionisio López 2122 y Mateo Cabral, se encontraban Roxana Di Franco Moreira, de 38 años y su hija Nadya Melina, de 18. En forma inesperada entró rápidamente a la vivienda el ex compañero de la mujer, SGR, de 43 años, armado con un revólver calibre 38. Luego de insultarlas a ambas disparó contra ellas, hiriéndolas de gravedad y causando un alboroto en el popular barrio montevideano. La Policía rodeó la casa, pues el individuo gritaba que se iba a pegar un tiro, pero después de un tenso parlamento con la Policía y un hermano que trabaja en la Dirección Nacional de Información e Inteligencia optó por tirar el arma y entregarse. Madre e hija, en estado desesperante fueron llevadas al cercano hospital Pasteur. La joven debió ser transferida al Maciel para intentar extraerle el proyectil del tórax, mientras que su madre perdió un ojo. El violento sujeto declara hoy en sede penal.

La reina de belleza de Sinaloa en libertad al no comprobrarse su vinculación con el narcotráfico

La reina de belleza de Sinaloa en libertad al no comprobrarse su vinculación con el narcotráfico
La fiscalía mexicana ordenó hoy la liberación de Laura Elena Zúñiga Huizar, ganadora del certamen Nuestra Belleza Sinaloa 2008 y detenida en diciembre pasado, al no encontrar elementos que la vinculen con el crimen organizado. Se "solicitó el levantamiento de arraigo (detención preventiva) a favor de Laura Elena Zúñiga Huizar, toda vez que derivado de las investigaciones practicadas, no se desprendieron datos que la relacionen con actividad criminal alguna", dijo la Procuraduría General de la República (PGR, Fiscalía) en un comunicado que públicó ABC.
Laura Elena Zúñiga ha estado bajo arraigo desde diciembre en un centro de detención de la capital mexicana.
La ex Miss Sinaloa, de 23 años, fue detenida el pasado 23 de diciembre en el municipio de Zapopan, estado de Jalisco (oeste), junto con siete hombres a quienes se investiga por delitos de delincuencia organizada, narcotráfico, operaciones con recursos de procedencia ilícita y violación a la ley federal de armas de fuego.
Los detenidos, presuntos miembros del cartel de Juárez y a quienes se les incauto durante su arresto armas de alto poder y miles de dólares, seguirán en detención preventiva durante otros 38 días, indicó hoy la PGR.
El arraigo o detención preventiva es un recurso jurídico que permite a las autoridades mantener arrestados a sospechosos de crimen organizado para ampliar las investigaciones y presentar pruebas contundentes a los jueces.
La ex reina de belleza y sus ocho acompañantes fueron detenidos en un retén realizado por el Ejército mexicano y la policía local, cuando viajaban a bordo de dos camionetas.
La joven fue coronada en julio de 2008 como la reina de belleza de Sinaloa, y también fue ganadora del certamen Reina Hispanoamericana, celebrado en Bolivia el pasado mes de noviembre.

Un uruguayo detenido en Mendoza cuando se iba a China con 12 kilos de cocaína

Un uruguayo detenido en Mendoza cuando se iba a China con 12 kilos de cocaína

Un ciudadano uruguayo fue detenido hoy en el aeropuerto mendocino de El Plumerillo cuando intentaba abordar un vuelo con destino a Shanghai con 12 kilos de cocaína, informaron fuentes de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA). De acuerdo al informe, la presencia de la droga fue detectada dentro de una valija, impregnada en cinco paquetes de ropa, durante un control realizado en la zona de equipajes antes de su traslado a la bodega de los aviones. El dueño de la valija es un ciudadano uruguayo que había llegado a Buenos Aires en Buquebus, el martes pasado desde Uruguay, y luego por tierra se trasladó a Mendoza. El detenido tenía previsto en el aeropuerto de El Plumerillo abordar el vuelo 931 de la empresa LAN con destino a Shangai, China, con una escala previa en Chile y otra en la ciudad alemana de Frankfurt. Tras descubrirse el cargamento de la droga, personal de la PSA detuvo al ciudadano uruguayo, quien fue puesto a disposición del Juzgado Federal 3, a cargo de Walter Bento.