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CAUSA ABIERTA

Crearon el fideicomiso para obras del Fondo Capital de Montevideo

Crearon el fideicomiso para obras del Fondo Capital de Montevideo

Se creó el fideicomiso financiero que permitirá la obtención de recursos para la ejecución de obras públicas departamentales anunciadas por el intendente Martínez en su campaña, dentro del denominado Fondo Capital.

El Fideicomiso Financiero permitirá obtener los recursos para la ejecución de las obras públicas departamentales de vialidad, movilidad urbana, gestión y tratamiento de residuos sólidos, entre otras obras para la ciudad de Montevideo, según lo que fuera acordado con sectores de la oposición y votado en la Junta Departamental en febrero.

Mediante el Decreto Nº 35.827, promulgado el 4 de febrero de 2016, se creó el Fondo Capital y se autorizó la constitución de un Fideicomiso Financiero para obtener los recursos que permitan la ejecución de las obras públicas incluidas en el Fondo Capital.

La Junta Departamental fijó el monto de emisión para el Fideicomiso Financiero en el equivalente a 940.000.000 unidades indexadas y autorizó la securitización de los activos del fondo provenientes de la recaudación del sistema SUCIVE, permitiendo asumir la deuda necesaria para el repago del capital, intereses y gastos; se estableció que dicho repago se realizará en el plazo de 20 años a partir de la emisión de cada uno de los tramos de deuda.

De acuerdo a lo informado este lunes por la Intendencia de Montevideo, el Tribunal de Cuentas de la República emitió un dictamen que señala la legalidad del mecanismo, condicionado al cumplimiento de las mayorías especiales exigidas por el artículo 301 de la Constitución de la República, por lo tanto la Junta Departamental dio su aprobación al Decreto.

En virtud de lo establecido, el Intendente de Montevideo, en acuerdo con todos los departamentos generales de la IM, resolvió constituir un Fideicomiso Financiero cuyos recursos provendrán del Fondo Capital, mediante autorización otorgada por la Junta Departamental (Decreto 35.827 de 01/02/2016).

Además, agrega la Intendencia, se resolvió contratar a República AFISA, para la constitución, administración, estructuración legal, estructuración financiera y gestión como fiduciaria del Fideicomiso Financiero Fondo Capital y demás actos y contratos necesarios para su puesta en funcionamiento y ejecución.

República AFISA es una sociedad anónima de capital perteneciente 100% al BROU, cuyo objeto exclusivo consiste en la administración de fondos de inversión y que se encuentra expresamente facultada para actuar como fiduciaria en fideicomisos financieros.

Por su parte, según el artículo 506 de la ley 18.362 de 6 de octubre de 2008, dado que su capital pertenece en su totalidad al Banco de la República Oriental del Uruguay, República AFISA se encuentra habilitada para contratar directamente con organismos y dependencias del Estado.
UyPress

 

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