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CAUSA ABIERTA

Impositiva de Uruguay gravará servicios como Netflix y Spotify

Impositiva de Uruguay gravará servicios como Netflix y Spotify

El gobierno tomó la decisión política de gravar los productos de servicios streaming como Netflix y Spotify, y le encomendó a la Dirección General Impositiva (DGI) estudiar los mecanismos para poder hacerlo, dijeron a El Observador fuentes de Impositiva.

La DGI tenía a estudio un planteo de la Asociación Nacional de Broadcasters Uruguayos (Andebu) para que las firmas extranjeras que operan a nivel local ofreciendo servicios audiovisuales por internet comiencen a pagar impuestos.

La sugerencia de Andebu (que reúne a los canales de televisión y operadores de cable) apuntaba directamente a Netflix.

Sin embargo el gobierno incluye también en su decisión de aplicar impuestos a Spotify, una plataforma de red social que ofrece música por streaming de forma gratuita, pero que a la vez vende suscripciones sin publicidad y sin conexión on demand. Ese contrato premium tiene un costo US$ 0,99 por mes, durante tres meses, y luego de US$ 5,99 cada mes.

Netflix es una firma estadounidense que a través del pago de una cuota mensual de US$ 7,99 ($ 232) por tarjeta de crédito internacional permite acceder a películas y series en línea sin depender de las grillas de programación local ni las que se transmiten por empresas de cable. El servicio está disponible en Uruguay desde setiembre desde 2011 y tiene unos 120 mil suscriptores, según el último estudio sobre el perfil del internauta uruguayo de la consultora Radar.

"No es lógico que los canales y los cables paguen sus impuestos, paguen sus correspondientes tasas, y Netflix no pague nada. Que se les cobre como a los comunicadores uruguayos, que paguen el IVA y los demás tributos. En otros países ya están pagando", dijo semanas atrás el presidente de Andebu, Pedro Abuchalja en una nota publicada por El País.

Si bien en la normativa tributaria vigente en Uruguay parece estar claro que Netflix y otros servicios similares como Spotify deberían pagar impuestos, es igual de claro que el procedimiento es engorroso.

El contador Félix Abadi, socio del estudio Rueda Abadi & Pereira y catedrático de Impuestos en la universidad ORT, dijo a El Observador que en principio Netflix debería estar gravado por el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) y por el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El punto 3 del artículo 13 de la norma que creó ese tributo determina que están gravados: "Las rentas de fuente uruguaya de las compañías extranjeras productoras, distribuidoras o intermediarias de películas cinematográficas y de 'tapes', así como las que realizan transmisiones directas de televisión u otros medios similares, se fijan en el 62,5% de la retribución que perciban por su explotación en el país".

Así, considerando la aplicación del IRNR y el IVA en los US$ 7,99 (costo del servicio básico que no habilita más de una conexión simultánea) US$ 0,53 corresponderían al primer tributo y US$ 0,97 al segundo. Según esos cálculos y partiendo de la base de que existen unos 120 mil usuarios de Netflix en Uruguay, la DGI debería recaudar más de US$ 2 millones anuales provenientes de esta empresa, estimó Abadi.
Rige en Buenos Aires

En Buenos Aires se aplica un tributo del 3% sobre ese tipo de servicios que se calcula sobre el precio neto de contratación, y para el cual los agentes de retención son los emisores de las tarjetas de crédito. Ese sería método que se aplicará también en Uruguay, según las fuentes.

Por su parte, Lucky Gunner dijo que su objetivo es "proteger su sustento y la segunda enmienda que protege el derecho de los estadounidenses de comprar y vender responsablemente municiones a través de internet".

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