Andalucía aprueba la primera ley de muerte digna en España
Los profesionales de la sanidad andaluza, tanto pública como privada, están obligados por ley a atender el deseo de los pacientes que rechacen un tratamiento médico que les prolongue la vida. Así lo establece la ley de la muerte digna, aprobada ayer por el Parlamento andaluz con el voto favorable de todos los grupos, aunque los 46 diputados del PP expresaron su rechazo a tres de los artículos. Los populares intentaron sin éxito incluir en la ley el derecho a la objeción de conciencia por parte de los profesionales y el desarrollo del reglamento de las comisiones éticas. El apartado más polémico de la ley es el título tercero sobre deberes de los profesionales sanitarios que atienden a pacientes ante el proceso de muerte. En él se afirma que "tienen la obligación de respetar los valores, creencias y preferencias del paciente en la toma de decisiones clínicas, debiendo abstenerse de imponer criterios de actuación basados en sus propias creencias y convicciones personales, morales, religiosas o filosóficas". A la contundencia de este artículo trataron de responder los populares con una enmienda en la que afirmaban que "el derecho constitucional a la objeción de conciencia queda garantizado en el desarrollo de la presente ley en aquellos supuestos en los que por creencias y convicciones personales, morales religiosas o filosóficas, el profesional sanitario al que se alude en el presente texto legislativo, se vean bajo situaciones contrarias a su conciencia". ...
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