Blogia
CAUSA ABIERTA

Uruguay: justicia falla a favor de seis pacientes de esclerosis múltiple

Uruguay: justicia falla a favor de seis pacientes de esclerosis múltiple

Un fallo de la justicia uruguaya advirtió los riesgos de la utilización de medicamentos no originales, y condenó al Fondo Nacional de Recursos a financiar a seis pacientes de esclerosis múltiple costosos fármacos de laboratorios internacionales.
La resolución del Tribunal de Apelaciones Civil de 2° Turno revocó una sentencia de primera instancia del juez de lo Contencioso Administrativo, Adolfo Fernández de la Vega, que a fines de octubre había rechazado la acción de amparo de los pacientes que reclamaban que se condenara al FNR a brindarles los medicamentos recetados por los médicos tratantes y no las copias genéricas que otorga el organismo.
El magistrado de primera instancia entendió que los demandantes no pudieron probar que el medicamento que se les brinda es de una calidad inferior. Esa sentencia fue recurrida por el abogado demandante, Martín Risso Ferrand, y el Tribunal de Apelaciones revirtió ese criterio y determinó que es el FNR el responsable de probar que los medicamentos que proporciona son tan buenos como los originales que les fueron recetados a los pacientes.
Los demandantes padecen esclerosis múltiple (una severa enfermedad neurodegenerativa que afecta el sistema nervioso central) y se atienden, en su mayoría, en mutualistas privadas, aunque como las instituciones no brindan el tratamiento, fueron derivados al FNR.
Los médicos tratantes les recetaron medicamentos originales elaborados laboratorios extranjeros que están incluidos en el Formulario Terapéutico Médico, por lo cual están autorizados por el Ministerio de Salud Pública. Sin embargo, el FNR les brindó el Interferon, una droga biosimilar elaborada en Uruguay por el laboratorio Clausen.
Al respecto, la sentencia, redactada por el ministro Álvaro Franca y firmada por los magistrados Tabaré Sosa y John Pérez, señala que "la decisión del o los médicos de indicar determinados medicamentos originales no puede considerarse una decisión menor o caprichosa, ni menos aún sujeta a cambio o condicionamiento de tipo alguno".
El fallo -que fue notificado ayer a las partes y que otorga un plazo de cinco días al FNR para comenzar a brindar los medicamentos reclamados por los pacientes porque, en caso contrario, se aplicará una multa de 100 Unidades Reajustables por cada día de incumplimiento- agrega que los medicamentos originales son los que "mejor configuran una opción terapéutica adecuada" porque han sorteado exhaustivos procesos de elaboración y testeos internacionales en Estados Unidos y la Unión Europea.
"Los medicamentos reclamados por los actores son biotecnológicos, por lo tanto no son genéricos como los puramente químicos cuya copia puede lograrse con relativa facilidad, sino que al ser biológicos necesitan estudios y análisis clínicos a efectos de probar no la similitud química sino la biológica. Un medicamento biosimilar puede contener impurezas o residuos no determinables a priori por métodos analíticos", argumenta la resolución del Tribunal de Apelaciones a la que tuvo acceso El País.
Por otra parte, la sentencia cuestiona al FNR por no haber presentado durante el juicio informes técnicos que demuestren la eficacia del medicamento que brinda.
"Tales omisiones impiden a los ciudadanos y a este Tribunal en particular controlar si las copias que están suministrando son producto de consideraciones fundadas y correctas o en su caso si medió culpa", critica la resolución.
Por otro lado, la sentencia sostiene que el FNR discrimina a sus pacientes, ya que hasta 2008 brindó medicamentos originales para el tratamiento contra la esclerosis múltiple.
Según el fallo, el organismo no cuestiona la eficacia de los medicamentos reclamados "al punto que también los financia para determinados pacientes que los venían recibiendo de sus mutualistas conforme al régimen anterior, lo cual es contradictorio con su actual postura que, sin explicación alguna, niega para los nuevos usuarios el derecho a ser tratados con otros medicamentos que no sean los elaborados por el laboratorio Clausen".
Esa situación representa "una postura discriminatoria del FNR" porque todos los pacientes tienen derecho a recibir la mejor medicación, ya que no tienen "por qué aceptar copias de medicamentos por el sólo hecho de vivir en Uruguay", expresa la sentencia del Tribunal de Apelaciones.
El MSP ya brinda fármacos
En lo que va de 2009, han sido varias las acciones de amparo presentada ante la Justicia reclamando que el FNR financie tratamientos principalmente por cáncer. El más notorio de los casos fue el de Patricia Ferrari, que padece cáncer de mama, cuyo reclamo fue desestimado por la Justicia, pero por orden de la ministra María Julia Muñoz, se le entrega el medicamento. El mismo criterio se ha aplicado en otros casos.

0 comentarios