La justicia brasileña rechaza la demanda de un hombre contra el amante de su esposa
El Superior Tribunal de Justicia de Brasil rechazó un pedido de indemnización presentado por un hombre contra el amante de su esposa, debido a que "no existe doctrina ni jurisprudencia" en relación a los "cómplices de adulterio". La sentencia, publicada hoy en el portal de la corte en Internet, establece que "el cómplice de adulterio es extraño a la relación jurídica existente entre la pareja" y que el casamiento, "examinado como una institución, solamente produce efectos en relación a sus celebrantes y familiares y no beneficia ni perjudica a terceros".
En su demanda, el marido traicionado exigía del amante de su esposa una indemnización de 3.500 reales (2.050 dólares) por los "daños morales" que le causó la relación fuera del matrimonio.
El demandante estuvo casado con la mujer entre 1987 y 1996, cuando pidió el divorcio, y sostuvo en la demanda que el hombre al que le exigía la indemnización "pasó a mantener relaciones sexuales con su esposa" a partir de septiembre de 1990.
En su sentencia, el magistrado Luis Felipe Salomão, a cargo del caso, señaló que si bien "es cierto que no se obliga a amar por la vía legislativa o judicial, también lo es que no se paga el desamor con indemnizaciones".
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