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CAUSA ABIERTA

La Corte Suprema de Argentina ordenó hoy la reapertura de la investigación del atentado contra la mutulista judía Amia

La Corte Suprema de Argentina ordenó hoy la reapertura de la investigación del atentado contra la mutulista judía Amia En la mañana de hoy los jueces de la Corte Suprema de Argentina ordenaron la reapertura de la investigación del atentado terrorista perpetrado contra la mutualista judía Amia de a ciudad de Buenos Aires que en 1994 causó 85 muertos. El caso había quedado en un impase jurídico por diversas contradicciones jurídicas y lo último que se hizo fue ordenar la captura del colombiano Samuel Salman El Reda, estrecho colaborador de Moshen Rabbani, ex agregado cultural de la embajada de Irán en Buenos Aires y sobre quien pesa un pedido de captura internacional. Se identificó a El Reda como uno de los "máximos responsables" de la conexión local del atentado por "participar de la preparación y consumación del ataque". Según el fiscal, El Reda, quien presuntamente está en El Líbano, formaba parte del núcleo más radicalizado de la comunidad musulmana en Argentina, país al que había llegado en 1987. El Reda, quien se casó en 1989 con la argentina Silvina Saín, vivió en Buenos Aires durante largos períodos en los siete años previos al atentado con coche bomba contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA). El fiscal destacó que logró identificar un teléfono móvil registrado en la ciudad brasileña de Foz do Iguazú, en el área de la "Triple Frontera" con Paraguay y Argentina, y donde se presume que operan células terroristas islámicas, al que El Reda llamó en varias ocasiones desde Buenos Aires. Se etectó además que entre el 1 y el 18 de julio de 1994, día que se concretó la voladura de la AMIA, El Reda llamó también a los teléfonos de la central de Hizbollah en El Líbano y a distintos miembros de ese grupo islámico radicados en la "Triple Frontera". En estos llamados, según el escrito presentado por el fiscal, El Reda reportaba las distintas etapas previas al atentado por las que "iba atravesando con éxito" la operación terrorista programada. De acuerdo con la investigación del fiscal, El Reda fue quien recibió en Argentina al grupo operativo del atentado el 1 de julio y que estuvo en el país hasta dos horas antes de que se perpetrara el ataque el 18 de julio. "Él (El Reda) fue quien coordinó la llegada al país, estadía y partida del grupo operativo, como así también las operaciones de logística y demás actividades que el grupo ejecutó en la fase final del atentado". El Reda "era una de las personas de más confianza" de Rabbani, quien junto a otros seis ex funcionarios iraníes está acusado de ser uno de los autores intelectuales del atentado contra la AMIA. Se trata del ex presidente iraní Alí Akbar Rafsanjani, los ex ministros de Relaciones Exteriores Alí Akbar Velayati y de Información y Seguridad Alí Fallahijan y el ex comandante de la Guardia Revolucionaria Mohsen Rezai. También están implicados el ex líder de las fuerzas QUDS Ahmad Vahidi y dos compañeros de Rabbani en la embajada de Irán en Buenos Aires, Hadi Soleimanpour y Ahmad Reza Ashgari. Todos estos ex funcionarios están declarados "en rebeldía" por la Justicia argentina, luego de no asistir a la declaración indagatoria como autores intelectuales del atentado, en el marco de la conexión internacional. La fiscalía también presentó otro escrito en el que informa al juez Canicoba Corral que fueron identificadas cuatro camionetas entre las cuales se encuentra la utilizada como coche bomba para el atentado, aunque no pudo precisar cuál de éstas fue la usada ya que las cuatro se encuentran desaparecidas. Veintidós personas, entre ellas varios ex policías, acusados de complicidad en el atentado contra la AMIA, fueron absueltos por falta de pruebas en septiembre de 2004, tras casi tres años de juicio oral. El de la mutualista fue el segundo de los ataques terroristas contra objetivos judíos cometidos en Argentina, donde en 1992 el estallido de una bomba frente a la embajada de Israel en Buenos Aires causó la muerte de 29 personas. La investigación, sin embargo, quedó paralizada y pasó a la órbita de la Suprema Corte que hoy dictaminó su reapertura "porque los crímenes no pueden quedar impunes y hay que darles respuestas a los familiares de las víctimas". La resolución del Máximo Tribunal fue tomada con los votos de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt, puesto que Raúl Zaffaroni no suscribió el fallo, y Carmen Argibay y Enrique Petracchi, se opusieron. La Corte de esa manera hizo lugar a los recursos extraordinarios presentados por el Ministerio Público Fiscal y la querella (grupos de familiares de víctimas del atentado). Un reciente comunicado indica: "La Corte consideró que no se podía confirmar la nulidad de toda la pesquisa que se llevó a cabo en el expediente, sino sólo aquel tramo de la investigación que estuvo viciado de parcialidad en la actuación del ex magistrado. La frustración de todo el proceso no puede ser la respuesta de la justicia al reclamo de las victimas". Así lo que busca es "dar un claro mensaje de que está en contra de la impunidad que rodea al expediente y que se debe investigar la causa que había quedado cerrada por los efectos de la nulidad". La Corte entendió que la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 y de la Cámara Nacional de Casación Penal, carecía del sustento necesario para declarar nula toda una actuación judicial. "Los jueces sustituyeron las razones por afirmaciones dogmáticas y se consideraron dispensados de fundar razonadamente su decisión". De esta manera, el Alto Tribunal rescata la prueba de cuando el ex juez de instrucción Galeano actuó sin vicios de parcialidad, a fin de esclarecer la causa que ha sido calificada como "la más compleja de la historia judicial del país" y que impone, según la Corte, "el mayor de los esfuerzos en la recolección de evidencias en pos de arribar a la verdad material". "Advertida la falta de neutralidad a través de los hechos concretos, no cabe duda de que están afectados los actos llevados a cabo por el magistrado desde entonces. Más no por ello debe concluirse, prescindiendo de un análisis puntual, que su actividad anterior, necesariamente, deba ser descalificada", indica el pronunciamiento. Y agrega: "Por lo tanto la regla que establece el tribunal de Casación es arbitraria, pues más allá de los fallos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que cita, establece una suerte de regla inversa: detectada la parcialidad se presume que todo el proceso está teñido por ella". En consecuencia, la Corte apuntó que "no corresponde hacer lugar a la extensión de los efectos de la nulidad a actos procesales previos a la formación de la causa 'Brigadas', relacionados fundamentalmente con quien fue, desde el inicio de la causa originaria, su principal sospechoso –Carlos Alberto Telleldín- omitiéndose considerar de ese modo la variada prueba no sólo relacionada con él, sino con otros extremos de importancia que se derivaron a partir de su intervención".

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