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CAUSA ABIERTA

1.900 sociedades uruguayas están registradas en paraísos fiscales, informó DGI

1.900 sociedades uruguayas están registradas en paraísos fiscales, informó DGI

De acuerdo a datos de la Dirección General Impositiva (DGI), en Uruguay hay registradas aproximadamente 1.900 personas jurídicas del exterior radicadas en países de baja o nula tributación, más conocidos como "paraísos fiscales".

La mayoría de estas sociedades (1.647 en total) fueron creadas para la propiedad y explotación de bienes inmobiliarios, y en muchos casos se trata de "holdings panameños" que administran otras sociedades o compañías.

La información fue brindada por el subsecretario de Economía, Pablo Ferreri, ante la Comisión especial creada en el Senado a raíz de los "Panamá Papers". Según la versión taquigráfica de la reunión, el jerarca señaló que "claramente estas sociedades son utilizadas con un sesgo de opacidad, para la tenencia de bienes o para la triangulación de entidades comerciales o vinculadas a mercados financieros".

Al analizar la legislación actual que rige a estas sociedades radicadas en el extranjero, Ferreri dijo que "que en muchos casos se trata de modo más beneficioso a las sociedades de los paraísos fiscales que a las sociedades uruguayas o de países que no son de baja o nula tributación". Es un "importante contrasentido", agregó.

Para corregir esto el gobierno incluyó en un proyecto de ley que envío este mes al Parlamento —que tiene como principal novedad la obligación de las instituciones financieras de reportar anualmente a la DGI los saldos y rentas acreditadas en cuentas bancarias— reformas a la normativa. Se intenta desestimular estas prácticas con la aplicación de una mayor carga tributaria.

Ferreri explicó a los legisladores que uno de los cambios pasa por considerar "de fuente uruguaya la renta proveniente de la transmisión de participaciones patrimoniales de entidades de países de baja o nula tributación cuando los activos se encuentran mayoritariamente situados en nuestro país".

Con esto se busca evitar que cuando una persona física debe vender un inmueble —por lo que debe pagar impuestos—, lo ponga a nombre de una sociedad panameña por ejemplo y luego venda las acciones, evadiendo el pago de los tributos correspondientes. Ferreri señaló que esta práctica se utiliza "en muchos casos".

Cuando se apruebe el proyecto de ley, este tipo de transacciones "pasarán a pagar el 25% de la renta generada en la transmisión patrimonial" (en vez del 12% actual), informó.

Además, en línea con una resolución incluida en la Rendición de Cuentas, se incluye un artículo que busca evitar que los contribuyentes "dejen sin distribuir las utilidades en las jurisdicciones de baja o nula tributación por tiempo indeterminado de modo de evitar el pago de IRPF correspondiente a los dividendos".

También hay otro artículo que aplica para cuando un contribuyente de IRAE tiene vinculación con una entidad situada en un país de baja o nula tributación y establece que el 50% de la renta de la sociedad panameña se considera de fuente uruguaya.

El subdirector de la DGI, Álvaro Romano, explicó que "con frecuencia se usa esta clase de estructuras para dejar la renta" en paraísos fiscales.

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