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CAUSA ABIERTA

Mascotas que heredan fortunas

Mascotas que heredan fortunas

Los animales forman parte de nuestro entorno, se integran en nuestras familias y algunos de ellos facilitan incluso los avances biomédicos. En contraprestación, a veces los maltratamos y los utilizamos sin respetar los derechos que la propia ley les concede; otras, en cambio, somos capaces hasta de nombrarlos herederos universales de lo poco o mucho que dejemos al morir.

De hecho, no son raras las noticias sobre perros que ganan herencias millonarias, sobre todo en Estados Unidos. Pero ¿qué dice la ley en nuestro país al respecto? Aunque es imposible aplicar a un animal la condición legal de heredero, "sí se puede designar como beneficiario de un testamento o de un legado", asegura a MUY Nuria Menéndez de Llano, abogada especializada en derecho animal en el bufete Menéndez de Llano y directora del Departamento Legal del Observatorio Justicia y Defensa Animal.

Para que el animal viva de manera digna cuando su dueño desaparezca, existen diferentes fórmulas legales. Una persona puede señalar en su testamento que su animal sea el beneficiario, indicando que una cantidad de su dinero se destine a ese fin, como cuidados, manutención o asistencia veterinaria. Su cumplimiento podrá ser vigilado por un albacea. "También es factible nombrar a una entidad de protección animal para que cuide de las necesidades vitales y asistenciales que necesite la mascota a lo largo de su futura vida", añade la letrada.

Fuera de España, hemos visto casos de herencias tan llamativas como la del perro pastor alemán Gunther IV, en quien recayó la fortuna de su padre, Gunther III, que a su vez había heredado casi 200 millones de dólares (unos 180,5 millones de euros) de su dueña, una condesa alemana llamada Karlotta Liebenstein, que era una gran amante de los animales.

¿Amparados por la ley?

En el otro extremo se encuentran los animales que se enfrentan a la peor cara del ser humano; y eso pese a que no solo el Homo sapiens posee derechos. Ya en 1977, se adoptaba la Declaración Universal de los Derechos Animales, pero, como toda declaración, es un documento no vinculante, lo que significa que ningún país está obligado a acatarla. El artículo primero destaca que “todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia”. El texto también reconoce el derecho al respeto, a los cuidados del hombre o a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo. En el caso de la fauna salvaje, el documento indica que esta tiene derecho a vivir libre en su ambiente natural.

Durante las últimas décadas se han desarrollado diferentes iniciativas legislativas, a nivel comunitario, estatal o autonómico que avanzan en esta senda. En España, las comunidades autónomas han aprobado normas que varían mucho de unas a otras, sin que exista una ley estatal que sirva de hoja de ruta. También existen discrepancias en el caso de las sanciones por malos tratos: "Desde los ridículos seis euros por una infracción leve en Castilla-La Mancha a los 150.253 euros de sanción máxima por una infracción muy grave en Aragón", compara Silvia Barquero, presidenta del partido animalista PACMA.
 
A nivel estatal, el Código Penal es la herramienta que usan los juristas para penar el maltrato. Aunque en España existe el delito animal desde 2004, su última modificación, la de 2015, supone un avance para los animales, al ir más allá de los domésticos. El maltrato incorpora ahora su abandono, traficar con especies protegidas y también la zoofilia, que antes no estaba penada.
 
A principios de este año se producía un hecho sin precedentes en España: por primera vez una persona que dejó morir a su perro de inanición está cumpliendo la pena de un año de cárcel que le fue impuesta. El mismo tribunal, el Juzgado de lo Penal n.º 8 de Palma, condenó a prisión unos meses antes a un hombre por matar a garrotazos a uno de sus caballos. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Palma admitió el recurso del condenado y le cambió la pena de cárcel por un programa de protección animal.
Muy Interesante.es, Imagen: OTA Photos / Trading Academy

 

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