Corte Electoral validó firmas para vetar placa en estadio de Peñarol
La Corte Electoral validó las firmas que respaldan un recurso de anulación ante la Cámara de Representantes presentado por dirigentes y socios del Club Nacional de Fútbol para revocar la decisión de la Junta Departamental de Montevideo de instalar una plaqueta en el estadio de Peñarol donde se reconocen los 125 años de existencia de este club y, de hecho, su decanato en el fútbol uruguayo.
El tema pasó ahora a ser político y se instaló en el Parlamento. Por un decreto de la Junta Departamental de Montevideo del 10 de marzo, que fuera votado por unanimidad de los ediles a propuesta de Gastón Arias (bancada de Edgardo Novick), se dispuso aprobar la instalación de una placa en el estadio Campeón del Siglo con el siguiente texto: "De la Junta Departamental de Montevideo al Club Atlético Peñarol, en sus 125 años y en conmemoración a la inauguración del estadio Campeón del Siglo, primer estadio FIFA del Uruguay".
Tras conocerse en marzo la decisión de la Junta, un grupo de socios de Nacional se presentó ante la comisión directiva del club y logró que se promovieran dos recursos: uno ante la Junta Departamental y otro ante la Cámara de Representantes, explicó a El País el exedil y actual director del Instituto de Inclusión Social Adolescente (Inisa), Álvaro Viviano, uno de los socios de Nacional que promovió los recursos. "No lo hicimos porque la Junta saludara a Peñarol por su estadio, lo que nos parece perfecto, sino porque el órgano incurre en competencias que no tiene. Además, asienta derecho en una contienda entre particulares en una discusión histórica", indicó.
Viviano se colocó entonces al frente de un equipo que armó las bases jurídicas del documento presentado tanto ante la Junta como ante la Cámara de Representantes. Juntaron más de 2.500 firmas.
Antes de presentar el recurso ante el Poder Legislativo, los socios de Nacional hablaron con el intendente de Montevideo, Daniel Martínez, procurando que no promulgara el decreto de la Junta para evitar que el gobierno departamental quedara en la incómoda situación.
Pero no tuvieron eco en Martínez y el decreto departamental quedó promulgado tácitamente, según se señala en el recurso, al que accedió El País.
El recurso fue presentado al amparo del Art. 303 de la Constitución que establece que "los decretos de la Junta Departamental y las resoluciones del intendente contrarios a la Constitución y a las leyes, no susceptibles de ser impugnados ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, serán apelables para ante la Cámara de Representantes dentro de los quince días de su promulgación, por un tercio del total de miembros de la Junta Departamental o por 1.000 ciudadanos inscriptos en el departamento".
Este fue el camino que ahora convalidó la Corte Electoral.
Viviano indicó que la plaqueta no ha sido colocada aún en el estadio de Peñarol.
Entre los recurrentes se encuentran varios miembros de la comisión directiva de Nacional, incluido su presidente José Luis Rodríguez.
El texto del recurso establece que "ni del Art. 273 de la Constitución ni del Art. 19 de la Ley Orgánica Municipal 9.515, que establecen la palestra competencial de la Junta, surge que este órgano tenga por cometido el reconocimiento de los años de creación o fundación de una institución".
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