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CAUSA ABIERTA

¿Quiénes votan y quiénes no deberán sufragar en las elecciones del BPS?

¿Quiénes votan y quiénes no deberán sufragar en las elecciones del BPS?

El domingo 13 de marzo se realizarán las elecciones obligatorias de los tres directores sociales del Banco de Previsión Social (BPS).

Es imprescindible presentar la credencial cívica para votar, salvo los extranjeros que no estén inscriptos en el Registro Cívico.

Hay un grupo de ciudadanos que NO VOTA y lo integran:
-Contribuyentes de aportación bancaria o notarial.
-Titulares de obra de la construcción.
-Titulares de servicio doméstico.
-Empresas unipersonales profesional (porque no tienen inclusión total de aportes al BPS).
-Empresas que no designaron mandatario.

Los que SÍ DEBEN VOTAR OBLIGATORIAMENTE pertenecen a algunos o a más de uno de los siguentes tres órdenes:
-Activos.
-Pasivos.
-Empresas contribuyentes no estatales (inscriptas en el BPS antes del 30/06/2015 y que hayan mantenido su afiliación durante los 12 meses anteriores a esa fecha, y que además estén al día en el pago de sus obligaciones).

Las empresas pluripersonales votarán a través del mandatario designado.

Activos (afiliados al BPS, que hayan mantenido su condición durante los 12 meses anteriores al 30/06/2015):
-Trabajadores dependientes públicos o privados.
-Trabajadores a domicilio.
-Talleristas.

Pasivos (declarados como tales por resolución del anterior al 30/06/2015):
-Declarados jubilados.
-Declarados pensionistas por sobrevivencia.
-Declarados pensionistas a la vejez.

Los mayores de 75 años están eximidos de sufragar, pero pueden hacerlo.

Si una persona estuviera habilitada a votar en más de un orden, deberá hacerlo en cada uno de ellos.

CANDIDATOS.
Por el orden de los activos hay dos candidatos:
-Eduardo Ruiz (Lista 11), es apoyado por el PIT-CNT.
-Luis Lisboa (Lista 16).

Por el orden de los pasivos hay dos candidatos:
-Sixto Amaro (Lista 1).
-Carlos Sarthou (Lista 2).

Por el orden de los empresarios solo se postula:
-Elvira Domínguez (Lista 22).

Causas para la persona no votar, que deberán probarse:
-Enfermedad.
-Razones de fuerza mayor.
-Encontrarse fuera del país el domingo 13.
-Encontrarse domiciliado fuera del departamento donde deba sufragar.

Las multas a aplicar a quienes no voten este domingo en las elecciones del BPS, van de $ 896 a $ 89.600.

Cada activo o pasivo habilitado que no vote deberá pagar una multa de una Unidad
Reajustable (UR), es decir $ 896.

Las multas a las empresas habilitadas que no voten son según la cantidad de trabajadores que tengan:
-Con hasta 10 empleados, 6 UR ($ 5.376).
-Con entre 11 y 20 trabajadores, 12 UR ($ 10.752).
-De 21 a 50 trabajadores, 25 UR ($ 22.400).
-Entre 51 y 100 empleados, 50 UR ($ 44.800)
-Con más de 100 trabajadores, 100 UR ($ 89.600).

- Período para justificar la no emisión de voto: del 28/03/2016 al 12/05/2016.
- Período de exigibilidad de constancia de voto, justificación o pago de multa: del 01/06/2016 al 31/08/2016.

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