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CAUSA ABIERTA

En Uruguay pacientes con cáncer de hígado ganan juicio por costoso fármaco

En Uruguay pacientes con cáncer de hígado ganan juicio por costoso fármaco

La Justicia condenó al Fondo Nacional de Recursos (FNR) a financiarle el tratamiento a dos pacientes con cáncer de hígado que necesitan un fármaco que cuesta $ 111.000 por mes. Se confirma la jurisprudencia que avala el derecho a la vida.
Los dos pacientes -un hombre y una mujer- habían presentado una acción de amparo contra el FNR y contra el Ministerio de Salud Pública (MSP) alegando que los organismos están obligados a financiarles el tratamiento con Sorafenib-Nexavar, medicamento comercializado por el laboratorio Bayer.
En la acción judicial, los demandantes señalaron que el MSP autorizó la utilización del fármaco en octubre de 2007, pero el FNR lo incluyó en el Formulario Terapéutico Médico solamente para tratar casos de cáncer de riñón, por lo que ellos quedaron excluidos.
Por eso, los abogados Martín Risso e Inés Estapé, plantearon que a los dos pacientes se les está lesionando "groseramente" sus derechos "a la vida, la salud y la igualdad", ya que no pueden pagar de su bolsillo el costo mensual del tratamiento, que ronda los $ 111.000.
Los pacientes también alegaron que en su caso no es posible aplicar una solución quirúrgica, por lo que el medicamento -que es utilizado en Europa y Estados Unidos- es la única alternativa que tienen para prolongar su vida.
Ayer, el juez de lo Contencioso Administrativo Adolfo Fernández de la Vega, emitió la resolución de primera instancia en la que condenó al FNR a comenzar a suministrarle a los demandantes el Sorafenib-Nexavar en un plazo máximo de 48 horas.
No obstante, el FNR tiene la posibilidad de recurrir la decisión en un plazo de tres días, pero aún así deberá brindarles el medicamento porque la apelación no tiene efecto suspensivo sobre la sentencia de primera instancia.
En el fallo, el juez Fernández de la Vega señala que la responsabilidad de entregar el medicamento corresponde al FNR a través de su Comisión Técnica Asesora. Por ese motivo, sobreseyó al MSP, ya que cumplió su deber de autorizar el fármaco.
Tomando en cuenta que la comercialización del Sorafenib -Nexavar se autorizó en 2007, el magistrado entiende que "a esta altura" no resulta lógico que no haya sido incluido por el FNR en su cobertura farmacológica, "por más que se reconoce que es costoso", señala Fernández de la Vega.
La sentencia, a la que accedió El País, subraya que durante el proceso judicial el FNR no logró demostrar razones válidas que "justificaran la no inclusión del medicamento para el tratamiento" contra el cáncer de hígado. Así, para el magistrado, es "evidente" que para los demandantes "el servicio no ha funcionado adecuadamente".
El fallo emitido ayer por el juez Fernández de la Vega, confirma una línea jurisprudencial que, mayoritariamente en el último tiempo, ha accedido a reclamos similares presentados por otros pacientes -en su mayoría oncológicos- que plantearon por la vía judicial la obligación que tiene el FNR de brindarles el tratamiento que necesitan.
En tal sentido, una sentencia de segunda instancia emitida en diciembre de 2009 por el Tribunal de Apelaciones Civil de 2° Turno, señaló que existe una postura "discriminatoria" del FNR ya que para algunas patologías brinda fármacos originales y para otras medicamentos similares, que tiene una efectividad sensiblemente menor.
Ese fallo agregó que los pacientes no tienen "por qué aceptar copias de medicamentos por el sólo hecho de vivir en Uruguay".
También señaló que es muy complejo saber si le decisión de brindar copias es el producto de "consideraciones fundadas o medió culpa".

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