Prohíben en Uruguay comercialización de calentador de agua "SUN"
En el marco de los cometidos y poderes jurídicos que le han sido asignados, la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua(URSEA) ha dispuesto la prohibición de la comercialización del producto eléctrico calentador de agua instantáneo tipo “SUN”, según Resolución de la Comisión Directora de la URSEA, Nº 31/010 de 2 de febrero de 2010.
La prohibición dispuesta, se basa en que este tipo de calentador de agua no cumple con los requisitos esenciales de seguridad establecidos en el Reglamento de Seguridad del Equipamiento Eléctrico de Baja Tensión (RSEEBT), ya que no permite asegurar en su uso previsto, la protección de las personas contra choques eléctricos.
Por mayor información: www.ursea.gub.uy/Electricidad/MarcoNormativos/ResolucionesUrsea/Resolución Nº 31/010
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