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CAUSA ABIERTA

Montevideo se convierte en escenario de cazadores de autos y presas que se rebelan

Montevideo se convierte en escenario de cazadores de autos y presas que se rebelan

Los automovilistas que salen a circular por Montevideo no saben qué hacer. Las autoridades de la Intendencia advierten que, como primer paso, se les advertirá que si no demuestran vivir en la capital uruguaya serán objeto de sanciones en pocos días. Ellas van desde la aplicación de soberanas multas hasta la requisa de sus vehículos. Varios juristas pusieron el grito en el cielo y reiteraron que no es una ley promulgada, que además es inconstitucional y que nadie puede decomisarle su auto a una persona. Sin embargo, la máquina se ha echado a andar. Algunos preciden cosas terribles al tiempo que incitan a una suerte de rebelión ciudadana: no entregue nada; si le confiscan el auto vaya a la comisaría, al juzgado penal y haga la denuncia. Hoy
Observa consultó a distintos expertos en temas tributarios y derecho constitucional respecto a la intención de la Intendencia de Montevideo (IMM) de detener y hasta decomisar a los automóviles que circulen con patente de otro departamento si sus propietarios residen en la capital.
Alberto Varela (estudio Ferrere): “las intendencias no están habilitadas a retirar el vehículo o la documentación en caso de constatar irregularidades en el empadronamiento. Las fiscalizaciones que se realizarán son una forma de intimidar al contribuyente”.
La nueva legislación no obliga a circular con documentación que acredite el domicilio de una persona en un determinado departamento. El contribuyente deberá presentar esta documentación sólo ante la intendencia en la que empadrone el vehículo (artículo tres de la ley 18.456). La Intendencia (IMM) no puede hacer justicia por mano propia procediendo a la incautación del vehículo. Primero debería existir una instancia judicial para proceder al embargo”.
”Podría existir un aumento de la conflictividad cuando se comience a realizar la fiscalización, similar a la que se registró cuando se aplicó la modalidad del cepo. Es una situación muy desigual que puede generar situaciones muy tensas. No se puede desobedecer a la autoridad, y la reacción de los contribuyentes dependerá del precio que estén dispuestos a pagar por andar tranquilos”.
Daniel Ochs (abogado constitucionalista): Un conductor no tiene por qué entregar la documentación del vehículo ni permitir que el mismo le sea sustraído si considera que la orden del funcionario no es legítima.
El empleo de la fuerza se puede ejercer sólo con una orden judicial. La Intendencia está impedida de realizar coacción en contra de un administrado sin intervención judicial. El usuario sí debe colaborar en la tarea de inspección mostrando la documentación, pero no debe acceder a que se le requise el bien. Las intendencias que hacen esto encaran mal el problema porque deberían individualizar a los contribuyentes en infracción e ir a la Justicia, pero no pedir que ejecute la tarea el personal inspectivo.
Intendente Municipal de Flores, Armando Castaingdebat: Como jerarca comunal no imparte ninguna recomendación a los empadronados en su departamento porque lo prudente es aguardar el pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia respecto a si la ley es o no constitucional. Si es Constitucional, entonces violín en bolsa y hay que aceptarla. Si es a la inversa, entonces habrá que empezar de nuevo. No es coherente poner al contribuyente de rehén cuando aún no está clara la ley.
Llevamos 25 años sin resolver este problema de las patentes. Ni la dictadura pudo hacerlo...La culpa no la tiene el contribuyente. Es un problema nuestro, de las intendencias.
No está bien sancionarlo. El contribuyente está en todo su derecho de iniciar demandas del tipo que sean contra las comunas que lo sancionen. De hecho y antes de enero, hay intendencias a las que llegaron demandas por este asunto de la fiscalización.
Ruben Correa Freitas (experto en derecho constitucional): "Si hay una persona que se siente afectada en su derecho de propiedad o libertad de circulación, entonces tiene el derecho de plantear recursos, y será la Justicia la que resolverá.
Ante la negación del conductor de entregar el auto, por ejemplo, podría entrar el delito de desacato, pero es la Justicia la que resolverá. Si a la persona se la intima para que entregue el vehículo por parte de la autoridad, basada en una ley, y no lo quiere hacer, podría darse la hipótesis de desacato.
Estos son todos temas que la Justicia irá resolviendo en virtud de los recursos que planteen las personas, a medida que se vayan dando los hechos.
Uno de los recursos que el conductor puede plantear es el amparo, por entender que es ilegítimo que se le detenga el vehículo.

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