En Perú, el congreso aprobó una ley que penaliza el turismo sexual de menores
La explotación sexual en menores de edad en el ámbito turístico, ahora tiene una pena carcelaria no menor de cuatro ni mayor de ocho años, para quienes publiciten o promuevan esta ilícita actividad, dispone la Ley General del Turismo, aprobada por el Congreso de la República. Hace poco, el jefe de la Policía de Turismo y Ecología de la XII – DIRTEPOL, Edgar Saavedra Pinazo, reveló que el "turismo sexual" está en práctica en (aproximadamente) cuatro comunidades del distrito de Amantani (Puno), por señoritas de Quillabamba (Cusco) y Moquegua que estarían trabajando como damas de compañía. Según la norma, la pena privativa de libertad recaerá directamente en personas que utilicen cualquier medio escrito, folleto, impreso, visual, audible, electrónico, magnético o internet con la finalidad de ofrecer relaciones sexuales de carácter comercial con adolescentes menores de 14 y 18 años de edad. La ley exige por otro lado, a los prestadores de servicios turísticos a difundir y publicar la existencia de la norma, que previene y sanciona la explotación sexual en niños y adolescentes; así como el uso de estupefacientes. (ECQ). (Los Andes)
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