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CAUSA ABIERTA

Jubilados pueden exonerar Contribución Inmobiliaria en Montevideo

Jubilados pueden exonerar Contribución Inmobiliaria en Montevideo

Hasta el 31 de julio los jubilados y pensionistas pueden solicitar la exoneración de la Contribución inmobiliaria en el departamento de Montevideo. El trámite se realiza en los centros comunales zonales, de lunes a viernes en el horario de 10 a 17.

Para obtener la exoneración el jubilado o pensionista debe ser sujeto pasivo del impuesto: propietario, poseedor a cualquier título, promitente comprador con promesa inscripta o mejor postor en remate judicialmente aprobado. El bien puede ser propio o ganancial, con independencia de cuál de los cónyuges tenga la administración del mismo.

El inmueble objeto de la exoneración debe ser la casa habitación del jubilado y su única propiedad en el país. Los ingresos nominales del núcleo familiar no deben superar las cinco bases de prestaciones y contribuciones ($ 15.260).

El valor imponible 2015 del inmueble no puede superar el importe de $ 529.626. En caso de que el valor del inmueble está comprendido entre $ 529.626 y $ 794.442, la exoneración puede otorgarse por hasta el 50%.

Documentación a presentar:

Cédula de identidad.

Recibo de ingresos por pasividad del beneficiario emitido en el mes de enero de 2015.

Documentación que acredite los ingresos del cónyuge o concubino a enero de 2015.

Documentación que acredite los ingresos del resto de los integrantes del núcleo familiar a enero de 2015.

Recibo de pago de la contribución 2014 (al sólo efecto de controlar la correcta identificación del padrón para el que se solicita la exoneración).

Timbre Caja de Profesionales Universitarios, valor $ 130 hasta 30/06/2015 y $ 140 a partir 01/07/2015.

En caso de solicitar la exoneración por primera vez deberá presentar documento que acredite la titularidad del inmueble (título de propiedad, promesa inscripta, certificado notarial o constancia del BHU). El jubilado debe ser propietario al 01/01/2015.

En caso que la solicitud incluya el beneficio para años anteriores corresponderá agregar a el listado de "Recibos histórico", que se solicita en el BPS (Gerencia de Prestaciones Económicas - Área Pasivos).

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