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CAUSA ABIERTA

Estado condenado a pagar 120 mil dólares a familiares de recluso asesinado en el Penal de Libertad

Estado condenado a pagar 120 mil dólares a familiares de recluso asesinado en el Penal de Libertad

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) condenó al Ministerio del Interior a indemnizar con US$120 mil a la familia de un recluso del Penal de Libertad que fue asesinado en 2009 por otro interno que utilizó dos cortes carcelarios de 42 y 45 centímetros.

En primera instancia, la demanda patrocinada por el abogado Nicolás Pereyra fue desestimada por el juez Pablo Eguren. En agosto del año pasado un tribunal de apelaciones revocó esa sentencia e hizo lugar al reclamo de la familia, ante lo que el Ministerio del Interior presentó un recurso de casación ante la SCJ.

Y el máximo órgano del Poder Judicial, en una sentencia que dictó esta semana, ratificó la responsabilidad del Estado en el homicidio del recluso con lo que cerró definitivamente el juicio.

“En autos se encuentra probada la omisión de la demandada del ejercicio de las funciones de custodia y protección de la integridad física de la víctima que se encontraba recluida en el establecimiento carcelario, presupuesto necesario para el nacimiento de la obligación de reparar”, dice la resolución de la corporación a la que accedió El Observador.

Por eso, “en la medida que corresponde al Estado la obligación de preservar la integridad física de los reclusos bajo su custodia” y tomando en cuenta que el recluso asesinado murió tras ser atacado con cortes carcelarios, la responsabilidad del Estado radica en que esos implementos “obviamente debían haber sido requisados”.

El recluso que asesinó a su compañero (que luego fue condenado a 10 años de reclusión por ese hecho) bajó al patio del Penal de Libertad sin que el guardia que lo revisó detectara los cortes que llevaba con él.

Ya en el patio, el recluso homicida persiguió al otro interno hasta que finalmente lo alcanzó y le asestó varias puñaladas. El homicidio ocurrió el 1º de octubre de 2009, cinco días después de que el fallecido ingresara al centro carcelario.

Durante el juicio, los abogados del Ministerio del Interior alegaron que el incidente fue “imprevisible” y que no hubo “nexo causal” entre la omisión de la guardia de requisar los cortes carcelarios y el desenlace fatal.

El tribunal de apelaciones que condenó al Ministerio del Interior había concluido: “Por consiguiente la autoridad carcelaria, en tanto responsable legal de organizar y controlar el modo de vida de los internos sometidos legalmente a su cuidado, deberá responder de cualquier daño ocasionado a los mismos o a terceros”.

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