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CAUSA ABIERTA

Uruguay: controversia en la justicia por uso de módulos metálicos en las cárceles

Uruguay: controversia en la justicia por uso de módulos metálicos en las cárceles

Por razones formales, la Justicia revocó una sentencia de primera instancia que había condenado al Ministerio del Interior a eliminar los módulos metálicos del Penal de Libertad y a buscar soluciones para terminar con el hacinamiento carcelario. El pasado ocho de junio, la jueza de lo Contencioso Administrativo, Cristina Cabrera, hizo lugar a un recurso de amparo presentada por los abogados Gustavo Salle y Ramiro Chimuris, quienes reclamaron una serie de medidas tendientes a mejorar la reclusión en los centros penitenciarios de todo el país. En ese sentido, la magistrada condenó al Ministerio del Interior a eliminar "las latas" del Penal de Libertad (módulos metálicos que sirven de celdas) en un plazo de 120 días; implementar las políticas necesarias para terminar con el hacinamiento en las cárceles y a separar a los procesados de los condenados, todo en un máximo plazo de ocho meses. El Estado, a través del Ministerio del Interior, apeló la resolución de la jueza Cabrera alegando, entre otras cosas, que la vía jurídica del recurso de amparo no es la adecuada para un caso de este tipo. Los argumentos de la secretaría de Estado fueron avalados por el Tribunal de Apelaciones Civil de 3er Turno, que en fallo notificado ayer, revocó la sentencia de la magistrada. El fallo redactado por la ministra Mary Alonso y firmado por Julio César Chalar y Elena Martínez, sostiene que los abogados demandantes no están "legitimados en la causa" ya que la situación del sistema penitenciario no los afecta directamente. Por otro lado, el fallo sostiene que el recurso de amparo "sólo procede cuando no existen otros medios legales idóneos y eficaces", situación que, según los magistrados, no se registra en este caso, por lo que señalaron que los demandantes debieron iniciar un juicio civil ordinario. De todos modos, la sentencia admite que el Estado "explícitamente reconoció" los problemas de hacinamiento en las cárceles, y por eso aprobó, por ejemplo, una ley que modificó el régimen de libertad provisional y anticipada. Agrega que, según los testimonios recogidos en el juicio, lo hecho al respecto "no ha sido suficiente". En otro pasaje, la resolución del Tribunal sostiene que el fallo de primera instancia implica una injerencia en el presupuesto del gobierno cuando "el Poder Judicial de la República no tiene por función decidir en qué debe gastarse el dinero público, cómo debe distribuirse el gasto, priorizando ciertas necesidades y postergando otras". Se señala que cuando la Justicia condena al Estado a eliminar los módulos metálicos del Penal de Libertad en 120 días y a terminar con el hacinamiento carcelario en un plazo máximo de ocho meses, "se está condenando, implícita pero inequívocamente a construir o procurar centros de reclusión suficientes -en plazos brevísimos y posiblemente insuficientes- en condiciones tales que contemplen los derechos de los reclusos". Por eso, el Tribunal remarca que el fallo de primera instancia "implica una decisión trascendente desde el punto de vista político y económico acerca de en qué y cuándo gastar , decisión que involucra políticas presupuestales, suponiendo una injerencia indebida del Poder Judicial en la esfera de otros Poderes". Al respecto, el fallo agrega que la resolución de la jueza Cabrera "altera las competencias estatales" y es "incompatible" con la naturaleza jurídica del recurso de amparo, que es un proceso "sencillo, simple y de rápido cumplimiento", concluye la sentencia.

"Cómplices de esta violación de DDHH"

El abogado Gustavo Salle, quien patrocinó el recurso de amparo contra el Ministerio del Interior, dijo a El País que el fallo del Tribunal de Apelaciones Civil de 3er Turno genera "una verdadera conmoción del orden jurídico nacional, porque acepta que se violan los Derechos Humanos de los reclusos, por lo que corresponde terminar con esa situación antijurídica, pero sin embargo se explaya en un análisis del Derecho Procesal y encuentra allí una excusa para no confirmar una excelente sentencia de primera instancia". "De esta manera, los ministros del Tribunal convierten al Poder Judicial en cómplice de esta situación donde se violan los Derechos Humanos", afirmó. (El País Digital)

 

 

 

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