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CAUSA ABIERTA

Conceden prisión domiciliaria a torturadores José Gavazzo y Ernesto Ramas

Conceden prisión domiciliaria a torturadores José Gavazzo y Ernesto Ramas

La Justicia concedió la prisión domiciliaria a José Gavazzo y Ernesto Ramas, procesados por violaciones a los derechos humanos en dictadura. El juez Martín Gesto permitió este beneficio por “estrictas razones humanitarias”, dijo a Montevideo Portal Raúl Oxandabarat, vocero de la SCJ.

En junio de este año, José "Nino" Gavazzo tuvo su primera salida transitoria para pasar el Día del Abuelo con sus nietos. Lo hizo con una tobillera electrónica, pocos días después de que comenzara a operar este sistema para presos con salida transitoria.

Gavazzo, preso por violaciones a los derechos humanos cometidos durante la dictadura, pidió entonces el día para pasar con sus nietos y pudo salir por 48 horas. Su hija, la abogada Rossana Gavazzo, comentó entonces que había pedido la salida en otras oportunidades pero no se había llegado a concretar.

Estaba recluido en el Hospital Militar por problemas de salud, y según su hija salió asumiendo el "riesgo de muerte" que tenía por hacerlo.

Esta Navidad, Gavazzo pasará con su familia, según confirmaron a Montevideo Portal fuentes cercanas al ex militar. A Gavazzo se le concedió la prisión domiciliaria -lo que implica que terminará el resto de su condena en su casa, no será simplemente una salida transitoria- y se le colocará nuevamente la tobillera electrónica de control.

Raúl Oxandabarat, vocero de la Suprema Corte de Justicia, explicó que esta "fue una decisión de uno de los dos jueces letrados que aquí en Montevideo tienen en su competencia la materia de ejecución penal. Este juez, el doctor Martín Gesto, analizó la situación, tanto de Gavazzo como de Ramas, y resolvió concederles a ambos la prisión".

Oxandabrat aclaró que el único que usará una tobillera electrónica es Gavazzo, dado que la familia de Ramas vive en Piriápolis, y allí, donde cumplirá la prisión domiciliaria, "no permite el alcance técnico del dispositivo".

"El juez esgrime que para ambos casos la prisión domiciliaria se concede por estrictas razones humanitarias, tomando en cuenta el estado de salud de las personas", señaló Oxandabarat.

"Hay un criterio coincidente: por un lado del informe de la Cruz Roja, y por el otro la pericia aportada por los propios interesados, una pericia realizada por el ex médico forense Guido Berro. Por último, la pericia realizada por una Junta Médica conformada por tres médicos forenses del Instituto Técnico Forense del Poder Judicial. Los tres informes son coincidentes en cuanto a la justificación de la prisión domiciliaria, y no habiendo ninguna discrepancia, el juez acepta estos argumentos y termina concediendo la prisión domiciliaria", finalizó el vocero.

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