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CAUSA ABIERTA

Argentina: Mató a su mujer y le rebajan la condena por "violento"

Argentina: Mató a su mujer y le rebajan la condena por "violento"

Los jueces consideraron que eso era un atenuante. Lo decidió una Sala de la Cámara de Casación de la Provincia. El condenado había recibido una pena a perpetua. Ahora le dieron 15 años.
El hombre -golpeador y alcohólico- le había advertido a su ex esposa que estaba dispuesto a matarla. Fue en un brote violento que ella denunció a la Justicia. La segunda vez, lo concretó: mató a su mujer y golpeó a su hija en una discusión cargada de reproches y acusaciones. Por este episodio lo condenaron a prisión perpetua, pero ahora el Tribunal de Casación Penal bonaerense redujo la pena a 15 años porque evaluó como atenuantes "el desquicio familiar" y la circunstancia de que la pareja estuviera separada de hecho desde hacía varios años.
En noviembre de 2006, el responsable del crimen -identificado por la Justicia sólo con las iniciales L.N.O.- recibió una condena por "lesiones graves calificadas por el vínculo en concurso real con homicidio agravado por el vínculo". La pena que le impuso el Tribunal Oral Criminal III de San Martín fue de reclusión perpetua.
El defensor oficial de este hombre -que luego de perder su trabajo se había refugiado en la noche y el alcohol-, Fernando Lagares, consideró que no correspondía imponer agravantes en este caso. Y reclamó además que se computara como atenuante a la hora de establecer la condena la adicción al alcohol y la eventual situación de "emoción violenta" que habría padecido el homicida el día que ocurrió la tragedia familiar.
La Sala I, integrada por Benjamín Sal Llargués, Horacio Piombo y Carlos Natiello, aceptó el reclamo. Tras analizar el episodio, los jueces decidieron acortar el plazo de prisión del condenado.
El juez Sal Llargués -quien ya se había pronunciado en el mismo sentido en otro fallo- fue el encargado de fundamentar la resolución. Uno de los ejes del debate jurídico de este caso son las "circunstancias extraordinarias de atenuación", que a criterio de los camaristas existieron en este episodio de violencia doméstica que terminó en tragedia.
Enumera el juez "el desquicio en las relaciones de la familia, la pérdida del empleo, y el hecho de que en el fallo se lo considera violento, impulsivo e intemperante...". Para Sal Llargués, todo el cuadro constituye un atenuante porque "quien tiene dificultades derivadas de su configuración personal para administrar su conducta, revela un menor grado de libertad que ha de traducirse necesariamente en un menor reproche". Es decir, que como era un violento le era más difícil controlar sus acciones, y por eso merece un castigo menor.
Todo esto, sumado a que la víctima había planteado situaciones de violencia anteriores y que "el Estado nunca pudo resolver". Según los antecedentes del caso, se habían dispuesto visitas de asistentes para controlar las actitudes del agresor. Por ese mismo motivo, Sal Llargués evaluó que también debe atenuarse la condena por las "lesiones graves" que recibió su hija en la pelea.
El otro punto que concentró el debate jurídico es si existía efectivamente un "vínculo" (en este caso, la unión civil en matrimonio) para agravar la condena.
Los magistrados tuvieron en cuenta los relatos de vecinos y de otros familiares que coincidían en que hacía años que la pareja no convivía. Que sólo mantenían contactos para acordar cuestiones relacionadas con los hijos.
"Una larga separación de hecho, en el contexto de una convivencia imposible, es sinónimo de disolución material del vínculo que se limitaba a una mera constancia registral sin contenido vivencial alguno", sostuvieron los jueces.
Esto demolió el dictamen original de la Justicia de San Martín, que consideraba como agravante la condición de "casado" de L.N.O. (la ley indica que, en los casos de homicidio, al cónyuge sólo le cabe la pena a perpetua, por la calificación "agravado por el vínculo").
En conclusión, Casación rechazó en forma parcial el fallo del Tribunal de San Martín y dispuso un nuevo cálculo de la condena.
L.N.O. quedó detenido pocas horas después de matar a su mujer, en junio de 2004. Según dijeron fuentes judiciales a Clarín, a partir del nuevo dictamen en apenas cuatro años y medio podría solicitar el beneficio de la libertad condicional. Tendrá que demostrar buen comportamiento en la prisión para obtener ese régimen extraordinario.

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