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CAUSA ABIERTA

Uruguay: Dueño de empresa a prisión por muerte de obrero de la construcción en Maldonado

Uruguay: Dueño de empresa a prisión por muerte de obrero de la construcción en Maldonado

El 25 de mayo de 2006, Juan Carlos Lescano Mesa (50) murió al caer 8 metros cuando trabajaba en la construcción de una mansión en la ladera de la sierra de Punta Ballena. Este lunes, la jueza penal de 2º turno de Maldonado, Adriana Graziuso, procesó con prisión por homicidio culpable al director de la firma Lemarsit, de la cual Lescano era empleado. La jueza señaló que el titular de la empresa, "como responsable de la seguridad de la obra, hizo caso omiso a la normativa en la materia en cuanto a las medidas de seguridad y preventivas que deben tomarse tratándose de las obras en altura". De la instrucción del presumario se desprende que en el momento del accidente Lescano no llevaba puesto el cinturón de seguridad obligatorio porque en la obra no había suficientes. El obrero trabajaba en un andamio de madera de dos metros de altura armado sobre la losa de una terraza, apoyada en un extremo sobre un andamio tubular, cuyo lado opuesto daba a un vacío de 8 metros. Graziuso afirmó: "Se entiende primariamente, que (el ahora procesado) ha incurrido en la llamada `culpa antirreglamentaria`, ya que no ha cumplido con las normas prudenciales o cautelares cuya observancia estaba a su cargo, importando esa inobservancia, negligencia, puesto que fueron varias las advertencias de sus técnicos prevencionistas al respecto". Para la jueza hubo una relación de causalidad entre el hecho primigenio y el resultado previsto como tipo penal culposo. En este sentido, Graziuso no tomó en cuenta el planteo de la defensa de que el andamio había sido montado por la víctima. "Justamente los elementos de seguridad personales son para resguardarse de imprevistos, de impericias, de casos fortuitos o fuerzas mayores", argumentó. También rechazó el argumento sobre el nivel de alcohol encontrado en la sangre de Lescano, ya que "no le impedía el movimiento, razonamiento, ni coordinación". Si bien el fiscal de la causa, Juan Bautista Gómez, pasó de pedir el procesamiento y prisión a sólo procesamiento por entender que el tiempo transcurrido había mitigado la alarma pública, la jueza no estuvo de acuerdo: la culpa no se "ve opacada por el transcurso del tiempo ya que no nos basamos en una alarma pública -la cual podría entenderse aún hoy- sino en la gravedad del propio hecho y daño causado". (El País Digital)

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