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CAUSA ABIERTA

Estos son los cambios que introdujo el gobierno uruguayo a regulación de apps

Estos son los cambios que introdujo el gobierno uruguayo a regulación de apps

El Ejecutivo cambió su postura frente al fenómeno de las aplicaciones de servicios y presentó este lunes a la Comisión de Innovación, Ciencia y Tecnología de Diputados un proyecto alternativo que incorpora cambios al articulado original y que “la regulación se adapte a las plataformas y no las plataformas a la regulación vigente”.

Según el documento al que accedió Telenoche, a través de la Agesic (Agencia de Gobierno electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento), Presidencia dio lugar a varias sugerencias y a modificar aspectos del proyecto de Ley que podían caer en la inconstitucionalidad y en el retroceso del desarrollo de los negocios en línea.

CAMBIOS. En primer lugar, se pretede eliminar el segundo artículo del proyecto y centrar su núcleo en la modificación del tercero, para que “la ley recaiga en servicios prestados a título oneroso, usando una plataforma informática de intermediación para su contratación”. De esta manera, los servicios quedarían sujetos al ordenamiento jurídico en función de la actividad que desarrollen, con independencia del uso de medios electrónicos para su realización”.

Asimismo, el artículo 4 que expresaba que las disposiciones contenidas en la ley se interpretarían en concordancia con lo dispuesto en otras normas, se modificaría totalmente y pasaría a establecer que los servicios contratados por medios electrónicos se considerarán equivalentes a los contratados por medios tradicionales, por lo que se les aplicará la misma regulación jurídica.

Por otra parte, en el artículo 8 se propondrá que sean “los titulares de las plataformas de intermediación” los como sujetos obligados a dar información sobre el servicio, los inscriptos en él, precios, etcétera; y no los prestadores de servicios.

GARANTÍAS. El proyecto nuevo también define cambios en los mecanismos de control. El texto original planteaba que en caso de que un organismo del Estado constatase una falta de habilitación, se procedería a bloquear los movimientos financieros de los infractores prohibiendo sus transacciones desde y hacia personas físicas o jurídicas.

Esa medida podía ser aplicada transitoriamente por el Banco Central por un período provisional en tanto se diera cuenta a la Justicia y esta definirá, en un plazo de tres días, el levantamiento o el alcance de la medida. Ahora, se define como necesaria una decisión administrativa “adoptada en el marco del debido proceso y comunicada inmediatamente por dicho organismo a la Justicia Letrada de Primera Instancia en lo Civil que corresponda”.

DGI Y GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. Por último, el Ejecutivo y Agesic pretenden modificar el artículo 10 que “exhortaba a los gobiernos departamentales a adoptar medidas similares”. Ahora, la futura ley encomendará a las entidades públicas, nacionales y departamentales el dictado de normas necesarias para esto, en tanto se informó que Presidencia trabaja con la Dirección General Impositiva (DGI) para regular los aspectos tributarios de las plataformas.

El la comparecencia, el gobierno manifestó que “es importante que la regulación genere confianza y garantías para los involucrados, incentivándose la creación de negocios en línea. Al respecto, el diputado nacionalista Rodrigo Goñi manifestó a Telenoche que el encuentro fue “productivo” porque  “se reconoció que la primera propuesta era hostil” y se dio lugar a los planteos de varios involucrados, incluidos los reparos de la oposición.

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